DECRETO 142/2019, de 31 de octubre, por el que se crea la Comisión interdepartamental para el seguimiento de la Agenda 2030 en Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda
Rango de LeyDecreto

La Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, aprobada en 2015 por la ONU, es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que quiere fortalecer la paz universal y que fija los objetivos a alcanzar, antes del año 2030, para poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y hacer frente al cambio climático.

Esta agenda se concreta en los denominados «Objetivos de desarrollo sostenible» (ODS), que tienen que ser alcanzados en el año 2030. Se trata de 17 objetivos y 169 metas que abordan las causas fundamentales de la pobreza y la necesidad universal de desarrollo para todas las personas. Pero, a diferencia de otros objetivos de desarrollo formulados en ocasiones anteriores, son universales y afectan tanto a países desarrollados como a los países en desarrollo, son de carácter integrado e indivisible y conjugan las tres dimensiones del desarrollo sostenible: económica, social y ambiental.

Estos objetivos son:

  1. Fin de la pobreza.

  2. Hambre cero.

  3. Salud y bienestar.

  4. Educación de calidad.

  5. Igualdad de género.

  6. Agua limpia y saneamiento.

  7. Energía accesible y no contaminante.

  8. Trabajo decente y crecimiento económico.

  9. Industria, innovación e infraestructura.

  10. Reducción de las desigualdades.

  11. Ciudades y comunidades sostenibles.

  12. Producción y consumo responsable.

  13. Acción por el clima.

  14. Vida submarina.

  15. Vida de ecosistemas terrestres.

  16. Paz, justicia e instituciones sólidas.

  17. Alianzas para conseguir los objetivos.

La consecución de los objetivos de desarrollo sostenible en la Comunidad Autónoma de Galicia debe ser la meta de todas las administraciones públicas gallegas, los agentes sociales y económicos y de los ciudadanos gallegos en su conjunto.

Todo esto exige un compromiso de la Xunta de Galicia acorde con la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, con la implicación y colaboración de todos los departamentos y todas las instituciones.

Para llevar a cabo esta tarea es necesaria la creación de un instrumento de coordinación entre los diferentes departamentos de la Xunta de Galicia, de modo que todos los departamentos que integran la Administración y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia se encuentren representados al máximo nivel, ya que los desafíos que formula la Agenda 2030 tienen que abordarse desde una visión integrada de un modelo ético de desarrollo sostenible.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto
  1. Este decreto tiene por objeto la creación de la Comisión interdepartamental para el seguimiento de la Agenda 2030, así como la regulación de su composición, de sus funciones y el régimen de funcionamiento.

Artículo 2 Naturaleza y adscripción
  1. La Comisión interdepartamental para el seguimiento de la Agenda 2030 estará adscrita a la consellería con competencias en materia de sostenibilidad ambiental.

  2. La Comisión interdepartamental para el seguimiento de la Agenda 2030 es un órgano de coordinación y colaboración en materia de sostenibilidad, que se crea para garantizar la necesaria coordinación en las acciones administrativas y de gobierno, necesaria para la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, y con el fin de impulsar actuaciones prioritarias como las precisas para el logro de las funciones previstas en el artículo 4.

Artículo 3 Régimen jurídico

La Comisión interdepartamental para el seguimiento de la Agenda 2030 se regirá por el dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, en este decreto y, si es el caso, por su reglamento interno de funcionamiento.

Artículo 4 Funciones

Son funciones de la Comisión interdepartamental para el seguimiento de la Agenda 2030:

  1. Conocer las iniciativas, planes, programas y convenios existentes en los ámbitos cubiertos por los objetivos de desarrollo sostenible, y llevar a cabo un seguimiento de su...

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