DECRETO 157/2014, de 11 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a diversas categorías de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud para el año 2014.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE SANIDAD
Rango de LeyDecreto

La Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, y el Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, prevé la convocatoria periódica de procedimientos de selección de personal estatutario fijo que garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en su acceso.

Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, que se aprobará por los órganos de gobierno de las administraciones públicas y que, como instrumento de gestión de la provisión de las necesidades de personal, podrá contener además medidas derivadas de la planificación de recursos humanos, tal y como así se dispone en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público.

El artículo 13 de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, dispone que durante este año no se procederá a la incorporación de nuevo personal en el sector público, excepto el que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público de ejercicios anteriores.

No obstante, la ley exceptúa de la aplicación de esta limitación a los sectores calificados por el artículo 21, apartado uno.2) de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2014, como de carácter prioritario o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, entre los que se incluyen los hospitales y centros de salud del Sistema Nacional de Salud, en los que la tasa de reposición se establece hasta un máximo del 10 %.

El último proceso de selección de personal estatutario fijo en las categorías sanitarias de las clases de diplomado/a y de formación profesional en el ámbito del Servicio Gallego de Salud se efectuó al amparo del Decreto 25/2009, de 12 de febrero, que aprobó la oferta de empleo público correspondiente a tales categorías.

Finalizado tal proceso selectivo y concurriendo la necesidad y prioridad de incorporar a nuevos/as profesionales sanitarios/as, por la condición de servicio público esencial de la actividad que realizan, es necesario iniciar un nuevo procedimiento de selección de personal estatutario fijo en determinadas categorías de personal sanitario de las clases de diplomado y de formación profesional, con la aprobación del previo y preceptivo decreto de oferta de empleo público.

Para el cómputo de las plazas ofertadas se tuvo en consideración la aplicación del porcentaje de la tasa de reposición fijada por la normativa presupuestaria.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Consellería de Sanidad, previa negociación con la representación sindical en el ámbito de la mesa sectorial de negociación del personal sanitario al servicio de la Comunidad Autónoma y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día once de diciembre de dos mil catorce,

DISPONGO:

Artículo 1 Aprobación de la oferta de empleo público

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.8° del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, en el artículo 13 de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, así como, en el artículo 21, apartados uno y dos, de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2014, se aprueba la oferta de empleo público de diversas categorías de personal estatutario sanitario de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud para el año 2014 en los términos que se establecen en este decreto.

Artículo 2 Cuantificación de la oferta de empleo público

En la oferta de empleo público se incluyen las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso y mediante la promoción profesional.

La distribución se realizará de conformidad con lo dispuesto en el articulado y en el anexo de este decreto.

Artículo 3 Sistema de selección

De conformidad con lo establecido en el artículo 6.1° del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, el sistema de selección será el de concurso-oposición.

Artículo 4 Órganos de selección
  1. La composición de los órganos de selección será paritaria para el conjunto de la oferta de empleo público del Servicio Gallego de Salud, tanto si se trata del acceso al empleo como si se trata de promoción interna, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, para la igualdad de mujeres y hombres, modificado por la Ley 2/2007, de 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres en Galicia.

  2. De conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, la pertenencia a los órganos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR