DECRETO 162/2018, de 13 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018 del personal sanitario funcionario al servicio de la Comunidad Autónoma incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre, de creación de escalas de personal sanitario al servicio de la Comunidad Autónoma.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE SANIDAD
Rango de LeyDecreto

Las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, que aprobarán los órganos de gobierno de las administraciones públicas y que, como instrumento de gestión de la provisión de las necesidades de personal, podrá contener, además, medidas derivadas de la planificación de recursos humanos, tal y como se dispone en el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y en el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

El artículo 12 de la Ley 8/2017, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2018, dispone que durante este año, sólo se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público con sujeción a los límites y requisitos establecidos en la normativa básica que se establezca al respecto y, en particular, en lo referente a la tasa de reposición de efectivos, respetando en todo caso las disponibilidades presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos.

La normativa básica, Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, fija en su artículo 19.Uno.2 para las administraciones públicas que en el ejercicio anterior hubiesen cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla de gasto, una tasa de reposición del 100 %.

Además, el apartado Uno.9 de ese mismo artículo autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal, que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, estuvieran ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente por lo menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2017, entre otros, en el sector de la salud pública e inspección médica. Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales en los ejercicios 2018 a 2020.

Es preciso destacar, además, que el derecho transitorio de la Ley 17/1989, de 23 de octubre, de creación de escalas del personal sanitario al servicio de la Comunidad Autónoma, prevé la realización de tres procesos selectivos para el acceso a la condición de personal sanitario funcionario incluido en su ámbito de aplicación, garantizando el derecho a continuar prestando servicios como personal interino a aquel que en el momento de su entrada en vigor tenga tal condición y mientras no se ejecuten dichos procesos selectivos.

En la clase de farmacéutico/a inspector/a de salud pública se convocaron y resolvieron dos procesos selectivos, estando pendiente de desarrollo el tercero de ellos para finalizar el cumplimiento del mandato legal.

En consecuencia, resultando necesaria la incorporación de personal sanitario funcionario de nuevo ingreso por la condición de actividad de servicio público esencial que realizan, y de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 8/2017, de 26 de diciembre, y en el artículo 19.Uno.2 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, es necesaria la aprobación de la oferta de empleo público para el año 2018, relativa al personal sanitario funcionario incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre.

Para el cómputo de plazas se tuvo en consideración la aplicación del porcentaje de tasa ordinaria y tasa adicional para estabilización de empleo temporal previstas en el artículo 19.Uno.2 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Consellería de Sanidad, previa negociación en la Mesa General de Empleados Públicos y tras...

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