DECRETO 183/2015, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el convenio entre la Xunta de Galicia y Autoestradas de Galicia, Autopistas de Galicia, Concesionaria de la Xunta de Galicia, S.A. por el que se regula la bonificación del peaje de las autopistas A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Infraestructuras y Vivienda
Rango de LeyDecreto

La Xunta de Galicia es titular de las autopistas de peaje A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57), que tienen su recorrido dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La explotación de dichas autopistas corresponde a Autoestradas de Galicia, Autopistas de Galicia, Concesionaria de la Xunta de Galicia, S.A. en virtud del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de las autopistas de peaje A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57), según el Decreto 23/1995, de 20 de enero.

El Plan de movilidad y orientación viaria estratégica (Plan Move), elaborado con el objetivo de ordenar y jerarquizar la red autonómica de carreteras, coordinar las iniciativas de las distintas administraciones, completar las comunicaciones de Galicia con su entorno, mejorar la accesibilidad a las ciudades, a los espacios urbanos principales y las grandes áreas industriales y logísticas, integrando la seguridad viaria como criterio básico desde el propio diseño de la infraestructura, pretende facilitar la movilidad de la población, favoreciendo un tránsito fluido, eficaz y seguro de personas y mercancías en la Comunidad Autónoma.

Las acciones contempladas en el Plan Move supondrán un impulso a la actividad económica para contrarrestar los efectos de la crisis e incrementar la productividad y competitividad de la economía gallega.

En este marco, se considera conveniente adoptar medidas que tengan por objeto reducir el importe de los peajes por el uso de las autopistas. Por lo que, la Xunta de Galicia, en consideración a la situación económica y en atención al interés general, concluye la necesidad de formalizar junto con la sociedad concesionaria un convenio que tiene por objeto regular, bajo criterios de equidad, bonificaciones del peaje por uso frecuente que beneficien a los usuarios.

Este decreto se aprueba al amparo del artículo 210 del Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aplicable a la concesión de las autopistas de peaje A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57), y contó con la audiencia y conformidad de la sociedad concesionaria.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda, con el informe de la Consellería de Hacienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diez de diciembre de dos mil quince,

DISPONGO:

Artículo 1 Aprobación del convenio

Se aprueba el convenio que se recoge en el anexo para la regulación de la bonificación del peaje en las autopistas AG-55 y AG-57.

Artículo 2 Régimen jurídico de la concesión

El régimen jurídico de la concesión de que es titular Autoestradas de Galicia, Autopistas de Galicia, Concesionaria de la Xunta de Galicia, S.A. será el vigente, con las modificaciones que se contienen en el convenio que se aprueba y se incorpora como anexo.

Disposición final Efectividad

Este decreto surtirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, diez de diciembre de dos mil quince

Alberto Núñez FeijóoPresidente

Ethel Mª Vázquez MourelleConselleira de Infraestructuras y Vivienda

ANEXOConvenio entre la Xunta de Galicia y Autoestradas de Galicia, Autopistas de Galicia, Concesionaria de la Xunta de Galicia, S.A. por el que se regula la bonificación del peaje de las autopistas A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57)

Reunidos:

De una parte, Ethel Vázquez Mourelle, presidenta de la Agencia Gallega de Infraestructuras, facultada para la formalización de este convenio por el Decreto 173/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el estatuto de la Agencia Gallega de Infraestructuras.

Y de otra, Andrés Muntaner Pedrosa, en nombre y representación de Autoestradas de Galicia, Autopistas de Galicia, Concesionaria de la Xunta de Galicia, S.A., que está facultado para la formalización del presente convenio en virtud del acuerdo del Consejo de Administración adoptado en su reunión del día 2 de diciembre de 2015.

Ambas partes se reconocen recíprocamente su capacidad para celebrar este convenio y

Manifiestan:

I

La Xunta de Galicia tiene atribuidas competencias sobre las carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en su territorio, en virtud del artículo 27.8 de la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, Estatuto de autonomía de Galicia.

Entre otras, la Xunta de Galicia es titular de las autopistas de peaje A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57), que tienen su recorrido dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

II

La explotación de estas autopistas corresponde a Autoestradas de Galicia, Autopistas de Galicia, Concesionaria de la Xunta de Galicia, S.A. (la sociedad concesionaria) en virtud de la concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de las autopistas de peaje A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57), adjudicada a su promotora por el Decreto 23/1995, de 20 de enero.

El contrato de concesión se rige por los pliegos que regulan su adjudicación, por la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión, y el Decreto 215/1973, de 25 de enero, por el que se aprueba el pliego de cláusulas generales para la construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión, y demás normas del derecho administrativo.

III

La planificación que está llevando a cabo la Xunta de Galicia en materia de carreteras tiene como objetivos ordenar y jerarquizar la red autonómica de carreteras, coordinar las iniciativas de las distintas administraciones, completar las comunicaciones de Galicia con su entorno, mejorar la accesibilidad a las ciudades, a los espacios urbanos principales y a las grandes áreas industriales y logísticas, integrando la seguridad viaria como criterio básico desde el propio diseño de la infraestructura, pretende facilitar la movilidad de la población, favoreciendo un tránsito fluido, eficaz y seguro de personas y mercancías en la Comunidad Autónoma.

En este marco, se considera conveniente seguir adoptando medidas que tengan por objeto bonificar el...

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