DECRETO 183/2016, de 9 de diciembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de un itinerario peatonal y ciclista en la PO-331, tramo Atín, p.k. 1+890-2+810, de clave PO/16/104.06, en los ayuntamientos de Mos y O Porrriño.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Infraestructuras y Vivienda
Rango de LeyDecreto

Antecedentes:

El 29 de julio de 2016 se publica en el Diario Oficial de Galicia (núm. 143) el Anuncio de 18 de julio de 2016 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción «Itinerario peatonal y ciclista en la PO-331. Tramo: Atín, p.k. 1+890-2+810, de clave PO/16/104.06», así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Posteriormente, y tras el análisis del informe, alegación y certificados presentados, el 28 de noviembre de 2016 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción «Itinerario peatonal y ciclista en la PO-331. Tramo: Atín, p.k. 1+890-2+810, de clave PO/16/104.06».

Este proyecto de construcción tiene por objeto la mejora de la circulación peatonal y ciclista en un tramo de la carretera PO-331; infraestructura viaria que conecta O Porriño con la zona de O Val Miñor (Gondomar), y por extensión con la zona costera de A Ramallosa (Nigrán). Todo ello mediante la construcción de una senda peatonal y ciclista en el margen izquierdo de la PO-331, que da continuidad al itinerario existente; mejora del itinerario peatonal y ciclista de acceso al CEIP Atín; mejora de la accesibilidad en el itinerario mediante aceras; ampliación de la intersección; construcción de un cambio de sentido e implantación de la red de saneameiento; lo que justifica la urgencia de la ocupación.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR