DECRETO 21/2018, de 8 de febrero, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-308, tramo O Covelo-Raxó (punto kilométrico 8+190 a 11+890), con la clave PO/16/102.06, en el ayuntamiento de Poio.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Infraestructuras y Vivienda
Rango de LeyDecreto

Antecedentes.

Primero. En fecha 21 de abril de 2017, se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 77) el Anuncio de 12 de abril de 2017 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-308, tramo O Covelo-Raxó (p.k. 8+190 a 11+890), con la clave PO/16/102.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de las alegaciones, informes y certificados presentados, el 21 de diciembre de 2017 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-308, tramo O Covelo-Raxó (p.k. 8+190 a 11+890), con la clave PO/16/102.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto el empleo de modos de transporte no motorizados, la mejora de la movilidad, de la calidad del aire, de la salud, de la igualdad y bienestar, de la economía, del patrimonio y del urbanismo. Todo ello debido a que la carretera PO-308 pertenece a la red primaria complementaria, configura la conexión de la costa entre O Grove, Sanxenxo y Pontevedra, y soporta un importante tránsito de vehículos por su proximidad con el núcleo urbano de Pontevedra y por ser una de las principales zonas turísticas de Galicia.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía para Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la...

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