DECRETO 39/2018, de 5 de abril, por el que se modifica el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DEL MAR
Rango de LeyDecreto

El Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, recoge el marco de distribución de competencias entre los diferentes órganos de la consellería, atendiendo a los principios de eficacia, suficiencia y racionalización que debe presidir la actuación administrativa.

No obstante, durante el tiempo de vigencia del actual decreto y con motivo de las nuevas necesidades surgidas, se ha revelado la necesidad de fortalecer la estructura de la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar como consecuencia de la condición de organismo intermedio de certificación, y las nuevas funciones y tareas que refuercen y garanticen un idóneo desarrollo y ejecución de sus actuaciones, derivadas del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y se deroga el Reglamento (UE) núm. 1083/2016 del Consejo, contempla la designación de las autoridades de gestión, de certificación y de auditoría por parte de los Estados miembros.

El programa operativo para España del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, correspondiente al período 2014-2010 y aprobado por la Comisión Europea el 17 de noviembre, recoge las disposiciones de ejecución de este programa e incluye la identificación de las autoridades de gestión, certificación y auditoría, así como de los organismos intermedios de la autoridad de gestión y de la de certificación, entre los que se encuentra el organismo intermedio de certificación de la Comunidad Autónoma de Galicia. A partir del 2017 las funciones de organismo intermedio de certificación vienen a recaer en la Consellería del Mar y, en concreto, en la Secretaría General Técnica.

Por otra parte, en la actualidad, la Consellería del Mar, a través de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, está llevando a cabo un programa de equipamientos en los puertos pesqueros de Galicia en el marco del artículo 43 del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) 2014-2010. Este programa identifica las necesidades, los retos y líneas a seguir para un posicionamiento competitivo y sostenible de la pesca y puertos pesqueros dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia, definiendo las actuaciones previstas y/o necesarias en materia de infraestructuras y dotaciones en puertos y fondeaderos. Se trata de un programa de carácter transversal, dado que afecta a las organizaciones del sector, a otros organismos de la consellería como Puertos de Galicia y a las competencias de otras consellerías, por lo cual es fundamental el desempeño de una idónea labor de coordinación. En este contexto, y teniendo en cuenta dicha transversalidad, para un mejor ejercicio de las funciones de coordinación, es necesario el Servicio de Desarrollo Pesqueiro –el cual pasará a depender directamente de la Dirección General de Desarrollo Pesquero– al que se asignarán las funciones de coordinación, programación, ejecución, seguimiento y control de las infraestructuras y equipamientos portuarios pesqueros derivadas del Programa de equipamientos pesqueros en los puertos de Galicia.

Por estas razones, la principal novedad que se introduce con la modificación es la inclusión de un nuevo servicio en la Secretaría General Técnica con el objetivo de desempeñar y cumplir adecuadamente las tareas inherentes a su condición de organismo intermedio de certificación, en concreto, el Servicio de Gestión de Fondos Comunitarios, dependiente de la Subdirección General de Coordinación Presupuestaria y Contratación, así como una reorganización en el organigrama de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, haciendo que el Servicio de Desarrollo Pesquero pase a depender directamente de la Dirección General de Desarrollo Pesquero.

Finalmente, se introduce una nueva disposición adicional con vocación transversal relativa a la igualdad de género, con el fin de integrar de manera activa la dimensión de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

En consecuencia, procede ahora aprobar la modificación de la estructura orgánica de la Consellería del...

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