DECRETO 474/1997, do 12 de decembro, polo que se modifica parcialmente o Decreto 200/1991, do 13 de xuño, polo que se reestructuran os servicios veterinarios oficiais e se definen as súas funcións.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

Desde el año 1991 se puso en marcha en nuestra Comunidad Autónoma una honda reestructuración de los servicios veterinarios oficiales que viene a sustituir al esquema imperante hasta entonces que databa de hace cuatro décadas. La experiencia acumulada a lo largo de estos años aconseja introducir pequeños ajustes que vienen justificados por la necesidad de solventar las disfunciones que se observan en el devenir cotidiano de la prestación de los servicios veterinarios oficiales de salud pública asignados a la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

Así, se hace necesario modificar, a través del instrumento técnico adecuado como es la relación de puestos de trabajo, el ámbito territorial de los citados puestos, así como su configuración funcional, unificando todos bajo la común denominación de inspectores veterinarios de salud pública, finalizando con la distinción actual entre puestos de trabajo de inspección de salud pública propiamente dichos y de mataderos y lonjas. Como consecuencia de eso, resulta obligado modificar el artículo 3 de dicho decreto en lo relativo al ámbito territorial de los puestos de trabajo, así como proceder a la derogación de la disposición adicional primera del Decreto 200/1991, de 13 de junio, que incorporaba y exigía estar en posesión del diploma del curso de mataderos convocado u homologado por la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales para el desarrollo de los puestos de trabajo de inspectores veterinarios de mataderos.

Por lo tanto, en virtud de lo dispuesto en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 1/1988, de 22 de octubre, por iniciativa del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública y del de Sanidad y Servicios Sociales, por propuesta del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública y previo informe de la Comisión de Personal, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión...

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