DECRETO 58/2019, de 23 de mayo, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Bueu de la carretera provincial EP-1310, calle Ramón Bares.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Infraestructuras y Movilidad
Rango de LeyDecreto

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, por propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Bueu solicita a la Diputación Provincial de Pontevedra la transferencia de la carretera EP-1310, calle Ramón Bares. La transferencia de titularidad a favor del ayuntamiento redundará en el mejor mantenimiento de la carretera, así como en un control más directo sobre la misma lo que evitará posibles ocupaciones indebidas en el dominio público.

La Diputación Provincial de Pontevedra, aceptó el cambio de titularidad y posterior entrega al Ayuntamiento de Bueu de la EP-1310, calle Ramón Bares, ya que, por su trazado, longitud y su funcionalidad actual, no reúne las características propias de una carretera provincial.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintitrés de mayo de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Bueu de la carretera provincial EP-1310, calle Ramón Bares.

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Bueu deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente...

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