DECRETO 6/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual número 5 del Plan general de ordenación municipal (enlace AP 9) del ayuntamiento de Oroso (A Coruña).
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Emisor | Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio |
Rango de Ley | Decreto |
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El Ayuntamiento de Oroso remite la modificación puntual nº 5 del Plan general de ordenación municipal (enlace AP 9), en solicitud de su aprobación definitiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.
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El Ayuntamiento de Oroso dispone de un PGOM aprobado definitivamente por Orden de la CPTOPT de 16.2.2005 (DOG de 28 de febrero) que fue objeto de las modificaciones puntuales nº 1 (AD de 3.7.2013, DOG de 17 de julio), nº 2 (AD de 14.11.2012, DOG de 26 de noviembre) y nº 3 (AD de 30.3.2012, DOG de 16 de abril).
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La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental decidió no someter este proyecto a evaluación ambiental estratégica por Resolución de 8.8.2012.
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La Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras dictó Orden de 13.3.2015 de no aprobación definitiva de esta modificación puntual nº 5 del PGOM de Oroso, para enlace de la autopista AP-9 con la carretera N-550, interesando del Ayuntamiento la redacción de los documentos modificados precisos.
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Emitieron informes municipales el arquitecto (28.4.2015 y 30.10.2015) y el secretario (7.5.2015 y 16.11.2015).
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El Ayuntamiento Pleno aprobó el documento enmendado el 14.7.2015. Considerando el Ayuntamiento que las enmiendas significaban un cambio sustancial (artículo 85.8 de la LOUG), se sometió a información pública por dos meses (El Correo Gallego de 17.7.2015, La Voz de Galicia de 18.7.2015 y DOG de 24.7.2015). Constan seis alegaciones.
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El Ayuntamiento Pleno aprobó provisionalmente la modificación el 26.11.2015.
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La modificación tiene por objeto alterar puntualmente determinaciones del PGOM como consecuencia del proyecto del Ministerio de Fomento para ampliar el enlace de la autopista AP-9 con la carretera N-550 en el núcleo de Sigüeiro.
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Las alteraciones propuestas consisten en:
– Reclasificación de ámbitos clasificados como suelo urbanizable no delimitado que pasan a suelo rústico de protección de infraestructuras (autopista), suelo rústico de protección común y suelo de núcleo rural.
– Reclasificación y recalificación de espacios libres de dotación local del polígono empresarial (suelo urbano) que pasan a suelo rústico de protección de infraestructuras (autopista).
– Calificación como espacios libres de sistemas generales de 69.732 m2 de superficies clasificadas como suelo rústico de...
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