DECRETO 213/2011, de 10 de noviembre, por el que se nombra un miembro de la Junta Electoral de Galicia.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorPresidencia de la Xunta de Galicia
Rango de LeyDecreto

Los números 1.c) y 1.d) del artículo 14 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, modificada por la Ley 15/1992, de 30 de diciembre, establecen que la Junta Electoral de Galicia está compuesta, entre otros, por cuatro vocales magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, y por cuatro vocales profesores en activo de las facultades de Derecho, de Ciencias Políticas o de Sociología de las universidades de Galicia.

Los profesores de las Facultades de Derecho, de Ciencias Políticas o de Sociología serán designados a propuesta conjunta de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con representación en el Parlamento.

En caso de renuncia justificada y aceptada por el presidente, se procederá al relevo de los miembros de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma y los vocales serán sustituidos por los mismos procedimientos previstos para su designación.

La presidenta del Parlamento de Galicia, mediante escrito dirigido a esta Presidencia, comunica el vocal designado en virtud del artículo 17.2.a) de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia.

Por lo expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.1 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia,

DISPONGO:

Artículo único

Nombrar, a propuesta de la presidenta del Parlamento de Galicia, vocal de la Junta Electoral de Galicia a la profesora que a continuación se indica:

– María da Alba Nogueira López.

Disposición final

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, diez...

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