Decreto 102/2007, de 24 de mayo, por el que se desafecta del dominio público una franja de terreno de 362,86 m2 del inmueble donde se ubica la guardería Sagrado Corazón de Lugo.

Sección3 - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

El artículo 10.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, señala que cuando los bienes y derechos no fuesen necesarios para el cumplimiento de los fines determinantes de su afectación, cesará su naturaleza demanial y adquirirán la condición de patrimoniales, sin perjuicio, en su caso, del derecho de reversión en los términos de legislación de la expropiación forzosa respecto de aquellos bienes adquiridos por este título.

El punto segundo del citado artículo establece que la desafectación de los bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma de Galicia deberá hacerse mediante acuerdo del Consello de la Xunta, después de la instrucción del expediente por la Consellería de Economía y Hacienda, por instancia de la consellería interesada, y siempre que se acredite la desaparición de las causas justificativas de la afectación.

La Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar informó favorablemente la desafectación de esa franja de terreno.

En su virtud, por propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día veinticuatro de mayo de dos mil siete

DISPONGO:

Artículo 1º

Se desafecta del dominio público el bien descrito a continuación:

Parcela de 362,86 m2 que linda: norte, resto del predio matriz y vial de nueva apertura; sur, resto del predio matriz y calle Curros Enríquez; este, resto del predio matriz y calle Curros Enríquez; y oeste resto del predio matriz y vial de nueva apertura.

Esta franja de terreno forma parte de un inmueble con una superficie de 2.879,10 m2 según reciente medición, donde se ubica la guardería infantil Sagrado Corazón y la residencia de ancianos A Milagrosa, cuya titularidad pertenece a la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud del Real decreto 2411/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de servicios y asistencia social.

Artículo 2º
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