Decreto 73/2002, de 14 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

Los decretos 306/2001, de 15 de diciembre y 310/2001, de 17 de diciembre, establecieron, respectivamente, la estructura orgánica de la Xunta de Galicia y la de los departamentos que la componen.

La última de las disposiciones citadas fijó, en su artículo 1º, la estructura de los órganos superiores de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, entre los que se establecieron la Dirección General de Relaciones Parlamentarias y la Dirección General de Relaciones Institucionales. A efectos de establecer el marco jurídico-administrativo en el que deben llevar a cabo sus cometidos, procede ahora fijar las funciones así como desarrollar la estructura de dichas direcciones generales hasta el nivel orgánico de jefatura de servicio para acomodarla a los cambios operados por dicha normativa.

Por otra parte, al ser asumidas por esta consellería las funciones asignadas al conselleiro sin cartera de Relaciones Institucionales, se considera oportuno que las mismas sean llevadas por un nuevo centro directivo, la Dirección General de Relaciones Institucionales.

En consecuencia, a propuesta del conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, en el ejercicio de la facultad que me otorga el artículo 34.4º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, tras los informes de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública y de la Consellería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día catorce de marzo de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Dirección General de Relaciones Parlamentarias es el centro directivo que tiene encomendado el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Informar y asistir al Gobierno gallego en sus relaciones con el Parlamento de Galicia.

  2. Hacer el seguimiento del programa legislativo y de los acuerdos adoptados por el Parlamento de Galicia.

  3. Realizar labores de apoyo al presidente de la Xunta de Galicia en sus intervenciones parlamentarias, solicitando cuando fuera preciso de los distintos departamentos de la Xunta de Galicia los datos e informes que se estimen convenientes.

  4. Organizar y coordinar los procesos electorales en los que sea competente la Comunidad Autónoma de Galicia.

  5. Realizar el...

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