ORDEN de 11 de marzo de 2013 por la que se designa el órgano estadístico sectorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Emisor | Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria |
Rango de Ley | Orden |
El Decreto 24/2008, de 21 de febrero, regula los órganos estadísticos sectoriales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y el procedimiento para su designación. En el punto primero de su artículo 2 establece que este órgano está integrado por una o varias unidades administrativas que se designarán por resolución de la persona titular del departamento en el que se integra orgánicamente.
Mediante Orden de 17 de diciembre de 2010 se procedió a designar al órgano estadístico sectorial de la extinta Consellería de Educación y Ordenación Universitaria. Pese a eso, el Decreto 1/2012, de 3 de enero, por el que se modifica la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, ya derogado, supuso la creación de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que refunde en un único departamento las atribuciones, facultades, competencias y funciones que hasta ese momento venía ejerciendo, por una parte la extinta Consellería de Cultura y Turismo, y por otra, la extinta Consellería de Educación y Ordenación Universitaria. La configuración funcional del nuevo departamento se concretó en el Decreto 45/2012, de 19 de enero, modificado por el Decreto 179/2012, de 30 de agosto, que, en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional cuarta del Decreto 252/2011, de 15 de diciembre, por el que se crea la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega), suprime de la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, para integrarse en la Amtega, la Subdirección General de Sistemas Informáticos y determinados servicios dependientes de ella, entre los que está el designado como coordinador del órgano estadístico del departamento.
Considerando que en la actualidad están derogados los decretos 45/2012 y 179/2012, y que la nueva ordenación orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria está regulada por el Decreto 4/2013, de 10 de enero, hay que proceder a una nueva designación del órgano estadístico sectorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.
De conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 3 y 7 del Decreto 24/2008, de 21 de febrero,
DISPONGO:
Primero. Designación del órgano estadístico sectorial
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Designar el órgano estadístico sectorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que se integrará por la unidad administrativa que se especifica a continuación:
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Puesto de trabajo...
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