Orden de 29 de julio de 2010 por la que se designa el Órgano Estadístico Sectorial de la Consellería de Cultura y Turismo.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE CULTURA Y TURISMO
Rango de LeyOrden

El Decreto 24/2008, de 21 de febrero, regula los órganos estadísticos sectoriales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y el procedimiento para su designación. En el apartado 1 de su artículo 2º establece que este órgano se integrará por una o varias unidades administrativas que se designarán por resolución de la persona titular del departamento en el que se integre orgánicamente.

De conformidad con lo establecido en los artículos , , y del Decreto 24/2008, de 21 de febrero,

DISPONGO:

Primero.-Designar el Órgano Estadístico Sectorial de la Consellería de Cultura y Turismo, que se integrará por la unidad administrativa cuyos datos se especifican a continuación:

  1. Puesto de trabajo: Dirección del Instituto de Estudios Turísticos de Galicia.

  2. Coordinadora o coordinador: la persona titular del puesto de trabajo que se designa.

  3. Localización física: dependencias del Instituto de Estudios Turísticos de Galicia, en la calle Doutor Teixeiro 5, 4º, 15701, Santiago de Compostela.

Segundo.-A los efectos del registro a que se refiere el artículo 3º del Decreto 24/2008, de 21 de febrero, el Instituto de Estudios Turísticos de Galicia comunicará al Instituto Gallego de Estadística los datos relativos a la identidad de la persona que en cada momento ocupe el puesto de trabajo que se identifica en el apartado primero, que se...

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