Decreto 68/2010, de 15 de abril, por el que se resuelve el expediente de deslinde entre los términos municipales de los ayuntamientos de Manzaneda y A Pobra de Trives.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

El día 2 de agosto de 2006 tuvo entrada en el registro de la Consellería de Presidencia, Administraciones Publicas y Justicia, un escrito del Ayuntamiento de Manzaneda remitiendo las actas de las sesiones de las comisiones de verificación para el deslinde de los municipios de A Pobra de Trives y Manzaneda (24 de septiembre y 24 de noviembre de 2005), e instando el deslinde entre los dichos ayuntamientos, según acuerdo del Pleno del ayuntamiento, de fecha 2 de diciembre de 2005, motivado por la falta de acuerdo en las reuniones efectuadas entre las comisiones de ambos ayuntamientos.

Inicialmente la discrepancia fundamental entre los dos ayuntamientos se encontraba en el tramo delimitado desde el mojón nº 3 al nº 2, en el eje del cauce del río San Lázaro con la línea divisoria de las aguas denominada loma Gorgalato zona Valle de Ramiro, sobre la que ya había discrepancias en las actas de los días 9 y 10 de julio de 1920.

El expediente de deslinde se tramitó de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia y en el Real decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales.

Durante dicha tramitación no existió acuerdo entre los ayuntamientos de Manzaneda y A Pobra de Trives. El expediente de deslinde se refiere al trazado de la línea límite entre el marco tercero y el final de la línea.

El Ayuntamiento de Manzaneda propone una línea límite que, partiendo del mojón tercero del acta de deslinde de 1920 continúa hasta la curva identificada del río San Lázaro; desde aquí en línea recta hasta el lugar denominado Pena dos Fouciños, donde según los representantes de Manzaneda existía un mojón. Desde aquí sigue en línea recta hasta un mojón situado en la Pena da Veiga, terminando la línea en el lugar llamado Pena Descabezada (también en línea recta). Este ayuntamiento aporta un informe técnico elaborado por Gonzalo C. López Pérez, ingeniero técnico agrícola, en el que se incluyen coordenadas de los mencionados puntos.

La línea límite propuesta por el Ayuntamiento da Pobra de Trives, en el tramo comprendido entre el mojón tercero y el final de la línea, es la línea límite provisional, según se representa en la cartografía oficial (M.T.N. a escala 1:25.000).

Los representantes del Ayuntamiento de Manzaneda no pudieron mostrar sobre el terreno señales de deslindes de montes que...

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