Decreto 247/2002, de 18 de julio, por el que se determina la constitución, composición y funciones de la Comisión de Consentimiento Informado.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/2001, de 28 de mayo, regula el consentimiento informado y la historia clínica de los pacientes. En su artículo 12, apartado 1º, se establece la constitución de la Comisión de Consentimiento Informado, determinando, asimismo, sus funciones. En el apartado 2º, señala que la composición de la Comisión de Consentimiento Informado será determinada por decreto de la Xunta de Galicia.

En consecuencia, se procede, a través del presente decreto, a determinar la constitución, composición y funciones de la Comisión de Consentimiento Informado, de manera que puedan estar representados todos los ámbitos asistenciales que puedan tener incidencia en la atención al paciente, tanto para los centros sanitarios públicos como para los privados.

Una de las principales funciones de la Comisión de Consentimiento Informado es la de elaborar los formularios de referencia para la obtención del consentimiento informado de los pacientes, dentro del marco competencial y básico perfilado por la Constitución española, por la Ley general de sanidad y demás normativa concordante, de forma que se entienda el consentimiento informado en el sentido establecido en el artículo 3.1º de la Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y la historia clínica de los pacientes.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del conselleiro de Sanidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.4º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 22 de octubre, de acuerdo con el dictamen 397/2002, del Consejo Consultivo de Galicia, de 28 de junio, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dieciocho de julio de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo 1º Objeto.
  1. El objeto de este decreto es establecer la constitución, composición y funciones de la Comisión de Consentimiento Informado, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y la historia clínica de los pacientes.

  2. Esta comisión dependerá de la Consellería de Sanidad conforme a lo dispuesto en el párrafo 1 de dicho artículo 12 de la Ley 3/2001.

Artículo 2º Composición.
  1. Integran...

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