Resolución de 30 de junio de 2008, de la Dirección General de Promoción del Empleo, por la que se dispone la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de los acuerdos sobre la tasa sectorial de estabilidad alcanzados al amparo de la Orden de 28 de abril de 2008 por la que se establece el procedimiento y los requisitos necesarios para alcanzar los acuerdos sobre la tasa de estabilidad en sectores de actividad.
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Emisor | CONSELLERIA DE TRABAJO |
Rango de Ley | Resolución |
La Orden do 28 de abril de 2008 (DOG nº 85, del 5 de mayo) por la que se establece el procedimiento y los requisitos para alcanzar los acuerdos sobre la tasa de estabilidad en sectores de actividad, establece en el artículo 2º los sectores productivos que podrán ser objeto de acuerdo sobre la tasa sectorial de estabilidad, a los efectos de determinar las tasas de estabilidad inicial e mínima de estos sectores para poder acceder a los incentivos establecidos en le orden de la Consellería de Trabajo que regula el programa de incentivos a los planes empresariales de estabilidad en el empleo, disponiendo en el artículo 6º que los citados acuerdos serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Conforme a lo anterior, la Dirección General de Promoción del Empleo.
ACUERDA:
Primeiro.-Publicar la tasa de estabilidad inicial del sector y la tasa de estabilidad mínima que deberán alcanzar las empresas del sector con las contrataciones que se realicen en el período octubre 2007 a septiembre 2008, establecidas en los acuerdos recogidos en las actas: acta de la reunión de las partes firmantes del convenio colectivo para empresas del metal sin convenio propio de la provincia de Pontevedra...
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