Decreto 99/2007, de 24 de mayo, por el que se modifica el Decreto 1/2006, de 12 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible se regula en el Decreto 1/2006, de 12 de enero. Después de la publicación de este decreto se produjeron innovaciones normativas en materia ambiental que inciden en el ámbito regulador de este decreto.

La Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. La citada directiva trata de la introducción de criterios ambientales desde las primeras etapas de diseño y elaboración de determinados planes y programas, contemplándose la evaluación ambiental como un instrumento de prevención que permite integrar los aspectos ambientales en la toma de decisión de planes y programas públicos. En el campo de nuestra comunidad autónoma estos planes y programas son, fundamentalmente, los que elaboren los órganos sectoriales de la Xunta de Galicia, los que promuevan las administraciones provinciales y los planes generales de ordenación municipal (PGOM) de las administraciones locales, así como sus modificaciones. Dicha ley define en su artículo 2.c) el órgano ambiental como «aquel órgano de la Administración pública que en colaboración con el órgano promotor vela por la integración de los aspectos ambientales en la elaboración de los planes o programas», por lo que es necesario atribuir expresamente dicha condición a la Dirección General de Desarrollo Sostenible, de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia.

De la Dirección General de Desarrollo Sostenible depende la Subdirección General de Fomento del Desarrollo Sostenible, unidad que desempeña entre otras las funciones relativas al seguimiento de la política ambiental de la Comunidad Europea y las relacionadas con la aplicación de la Directiva 2001/42/CE; aplicación de la evaluación ambiental estratégica de la sostenibilidad; coordinación y seguimiento de la estrategia gallega frente al cambio climático y a las relacionada con el cumplimiento del protocolo de Kioto. Para el ejercicio de sus funciones es necesario que dicha subdirección general cuente con una unidad de nueva creación denominada Servicio de Evaluación Estratégica de la Sostenibilidad, al que se le encomendarán las funciones anteriormente desempeñadas por el Servicio de Planificación de la Sostenibilidad, menos las relativas al cambio climático, por lo que procede el cambio de denominación del preexistente Servicio de Planificación de la Sostenibilidad, que pasa a llamarse Servicio de Prevención del Cambio Climático.

El sistema edáfico constituye uno de los componentes centrales de los ecosistemas terrestres. La pérdida de suelo como consecuencia de procesos erosivos se revela como un factor crítico para el normal funcionamiento de los sistemas terrestres, siendo uno de los problemas ambientales de mayor trascendencia para la sostenibilidad, por lo que se hace mención expresa a ello en el párrafo 1º del artículo 7 del Decreto 1/2006.

El Centro de Investigación e Información Ambiental, con rango de subdirección general dependiente de la Dirección General de Desarrollo Sostenible, además de las funciones asignadas, que justifican la existencia de una red de observación del territorio, desempeñará funciones en materia de estudios y conservación de suelos. Paralelamente, la aplicación de la Directiva de aguas 2000/60/CE en Galicia requiere la implementación de una red de control de calidad del estado ecológico de las aguas de Galicia, con objetivos coincidentes con los de la red de observación del territorio. Teniendo en cuenta que la consellería dispone de medios apropiados para el desarrollo de dos redes, es oportuno organizar una red única que...

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