Decreto 24/2010, de 25 de febrero, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Academia Galega de Seguridade Pública (Agasp).

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 79/2009, de 19 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, fue aprobado por el Gobierno gallego como desarrollo de un programa político asentado en los criterios de máxima eficacia, austeridad y economía en su actuación y organización administrativa.

De acuerdo con estos criterios fueron aprobados los decretos 82 y 83/2009, de 21 de abril, por los que se establecen los centros directivos dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, y la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, respectivamente, obedeciendo ambos a los postulados de reducción y reorganización de departamentos y órganos de la Xunta de Galicia.

En el artículo 4 del Decreto 303/2009, de 21 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia se dispone que la Academia Galega de Seguridade Pública (Agasp), organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a dicha consellería, se ajustará en sus fines, estructura y funcionamiento a lo dispuesto en la Ley 1/2007, de 15 de enero.

El artículo 4 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, establece que la Agasp desarrollará funciones formativas en el ámbito de la formación judicial, penitenciaria, formación policial y de seguridad privada, protección civil, bomberos y agentes forestales.

Por la Ley 4/1992, de 9 de abril, fue creada la Academia Galega de Seguridade, como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito orgánicamente a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia. Por su parte, para el cumplimiento de sus funciones, por medio del Decreto 23/1993, de 11 de febrero, se aprobó la estructura orgánica de la Academia Gallega de Seguridad.

No obstante, dado el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del Decreto 23/1993, es necesario adaptar la estructura orgánica que en él se establece al ejercicio práctico de las competencias y de las funciones atribuidas a la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), por el citado artículo 4 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, lo que aconseja modificar su estructura distribuyendo las funciones de un modo más racional para así alcanzar la máxima eficacia en su desarrollo. Mediante este decreto se modifica la dependencia de todos los servicios y unidades de la academia, que pasan a depender directamente del/de la secretario/a general y se definen con mayor precisión y detalle las funciones de las diferentes unidades administrativas en que se organiza la Agasp.

De conformidad con el expuesto, luego de acuerdo del consejo rector de la Academia Gallega de Seguridad Pública, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, informe de la Consellería de Hacienda y de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticinco de febrero de dos mil diez,

DISPONGO:

Artículo 1º Órganos rectores.

La Academia Gallega de Seguridade Pública (Agasp), organismo autónomo de carácter administrativo adscrito orgánicamente a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, se estructura, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 1/2007, de 15 de enero, y con las funciones que en ella se señalan en:

  1. El consejo rector.

  2. El/la director/ra general.

Artículo 2º EL/la secretario/a general.

Bajo la dependencia del/de la director/a general de la Agasp habrá uno/una secretario/a general, con rango de subdirector/a general, al/a la que le corresponden las siguientes atribuciones:

  1. Desempeñar la secretaría del consejo rector.

  2. Preparar los anteproyectos del plan anual de actividades y la memoria anual sobre las actuaciones de la academia, las cuentas y el borrador...

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