Decreto 33/1996, de 12 de enero, por el que se modifica el Decreto 2/1994, de 13 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD
Rango de LeyDecreto

Tras el Decreto 287/1993, de 10 de diciembre, por el que se estableció la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, se procedió a fijar la de las distintas consellerías, estructurando en el artículo 11 del Decreto 291/1993, de 11 de diciembre, la Consellería de Familia, Mujer y Juventud. Posteriormente esta norma se desarrolló por el Decreto 2/1994, de 13 de enero, que establece la estructura orgánica de esta misma consellería, disponiendo en el mismo que ésta es el órgano de la Administración autonómica al que le compete llevar a cabo, entre otras, su política en materia de formación ocupacional y promoción de empleo.

Por otra parte el R.D. 735/1995, de 5 de mayo, regula las agencias de colocación sin fines lucrativos.

La realización de las distintas políticas activas de empleo y particularmente la gestión de la formación ocupacional precisa de la puesta en marcha de un instrumento capaz de interrelacionar la oferta y la demanda de empleo, dándole transparencia al mercado de trabajo y contribuyendo a la competitividad de empresas y trabajadores.

Las necesidades de gestión que formula una agencia de colocación pública y de ámbito autonómico que se estructura en una subdirección general, y los requisitos formales y de funcionamiento que establece el R.D. 735/1995, de 5 de mayo, exigen la creación de una infraestructura necesaria para la coordinación de las actividades de formación ocupacional y otras políticas activas de empleo.

Por todo lo expuesto, se manifiesta la necesidad de crear un órgano que se encargue de la gestión del proceso de intermediación laboral, procurando la inserción de los demandantes y dentro de ellos de los alumnos de formación ocupacional, y facilitar la búsqueda de candidatos adecuados por las empresas.

En su función de intermediación laboral garantizará la transparencia del mercado a nivel autonómico, frente a su posible atomización por el nacimiento de múltiples agencias de colocación privadas, y coordinará a todos los agentes que deseen actuar en la intermediación laboral, garantizando el mantenimiento de los criterios de gratuidad y universalidad.

Por consiguiente, es preciso reformar el Decreto 2/1994, de 13 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud.

En virtud de ello, por propuesta de la conselleira de Familia...

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