Decreto 388/1996, de 31 de octubre, por el que se modifican las estructuras orgánicas de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes y del Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES
Rango de LeyDecreto

En el Decreto 205/1990, de 15 de marzo, se establece la estructura orgánica de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes. A su vez, la Ley 7/1994, de 29 de diciembre, creó el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia, estableciéndose su estructura orgánica por el Decreto 128/1996, de 14 de marzo.

Por el Real decreto 92/1996, de 26 de enero, se ampliaron los medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de Agricultura, que se asumieron por esta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 76/1996, de 29 de febrero. Dichos medios personales, materiales y presupuestarios quedaron adscritos al ILGGA en virtud de lo previsto en la disposición adicional séptima del precitado Decreto 128/1996.

Asimismo, por el Real decreto 1790/1996, de 19 de julio, se traspasaron a esta Comunidad Autónoma los medios adscritos a la gestión a la misma encomendada en materia de agricultura (FEGA), según el convenio de encomienda de gestión firmado entre las dos administraciones. La asunción de estos medios se produjo a través del Decreto 339/1996, de 13 de septiembre, que los adscribió al ILGGA.

Como consecuencia del incremento de las funciones a desarrollar y de la ampliación de los medios personales asignados a este organismo autónomo, es necesario efectuar una modificación en su estructura orgánica, para dotar al ILGGA de una mínima organización periférica, creando un servicio en cada provincia, al transformarse el hasta ahora Servicio de Ayudas Estructurales de la delegación provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, en el Servicio Provincial del Instituto, además de reforzar aquella en los servicios centrales, debido a las funciones que le corresponden al Instituto en relación con la gestión de ayudas en general y, en particular, de las del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA), sección Garantía.

En la búsqueda de una mayor racionalidad en la gestión administrativa de los distintos programas de ayudas, así como para aprovechar al máximo posible la estructura preexistente, con lo que se logra un importante ahorro de recursos humanos, esta modificación, conlleva, también, una reestructuración en los servicios centrales de la Consellería de Agricultura, Ganadería e Montes, concretamente en la Dirección General de Producción Agropecuaria e Industrias Agroalimentarias, algo, por otra parte, ya pre

visto en la disposición adicional tercera de la Ley 7/94, de creación del ILGGA, así como en las disposiciones adicionales segunda y tercera del Decreto 128/1996, de 14 de marzo, en lo relativo a las relaciones de puestos de trabajo y a las dotaciones presupuestarias de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, que se verían afectadas por la creación del ILGGA.

Al mismo tiempo, se crea una nueva unidad administrativa, el Centro de Desarrollo y Mejora Tecnológica, para gestionar los programas de innovación e investigación aplicada en el sector lácteo y ganadero. A través del mismo, se canalizarán las relaciones con otros entes u organismos dedicados a la investigación en dicho sector, de vital importancia para el desarrollo social y económico de esta Comunidad Autónoma.

Por lo que se refiere propiamente a la estructura orgánica de la consellería, se crea una nueva subdirección para agrupar una serie de funciones que hasta ahora desempeñaban tres servicios dependientes directamente del director general de Producción de Agropecuaria e Industrias Agroalimentarias, lo que dificultaba las labores de coordinación de aquellos, que tienen funciones que inciden sobre un mismo ámbito material, aunque actuando desde diversas perspectivas, lo que justifica su agrupación en una misma subdirección general.

También, en lo relativo a la mencionada dirección general, se agrupan en una sola subdirección general las competencias sobre sanidad vegetal y animal, que hasta ahora figuraban las primeras en la Subdirección General de Ayudas Estructurales y las segundas en la de Sanidad y Producción Animal, en la búsqueda de una mayor racionalidad en la gestión de los recursos, lo que se refleja , también, en los servicios periféricos de la consellería.

En virtud de lo expuesto, y a propuesta del conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes, con el informe previo de las consellerías de Presidencia y Administración Pública y de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta y uno de octubre de mil novecentos noventa e seis,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se modifican los artículos 2º, 6º y 10º del Decreto 205/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Agricultura, Ganadería e Montes, que quedan redactados de la siguiente manera:

Artículo 2º

2.1. Para el ejercicio de sus funciones, la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, se estructura en los siguientes órganos:

I. El Conselleiro.

II. Secretaría General.

III. Dirección General de Estructuras y Desarrollo Rural.

IV. Dirección General de Producción Agropecuaria e Industrias Agroalimentarias.

V. Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural.

VI. Delegaciones provinciales.

2.2. Se adscribe a la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes el Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia (ILGGA), organismo autónomo de carácter comercial y financiero creado por la Ley 7/1994, de 29 de diciembre.

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Artículo 6º

Le corresponde a la Dirección General de Producción Agropecuaria e Industrias Agroalimentarias la elaboración, propuesta y desarrollo de las directrices de política agraria de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes en materia de...

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