Decreto 206/2010, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 83/2009, de 21 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | CONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA |
Rango de Ley | Decreto |
El artículo 7º, apartado a) del Decreto 83/2009, de 21 de abril, establece la estructura y denominación de los órganos superiores de la Consellería de Cultura y Turismo, entre los que se encuentra la Dirección General de Promoción y Difusión de la Cultura.
Con el objeto de adaptar la denominación del citado órgano superior a la importancia creciente del sector del libro, después de la celebración del Año del Libro y de la Lectura de Galicia, se estima conveniente hacer el correspondiente cambio en la denominación del centro directivo competente en materia del libro y bibliotecas.
En su virtud, y según lo dispuesto en el artículo 4º.15 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, a iniciativa del conselleiro de Cultura y Turismo, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de diciembre de dos mil diez,
DISPONGO:
Se modifica el artículo 7º del Decreto 83/2009, de 21 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia quedando redactado como sigue:
Artículo 7º
a) La Consellería de Cultura y Turismo se estructura en los siguientes órganos superiores:
1. Secretaría General.
2. Secretaría General para el Turismo.
3. Dirección General del Patrimonio Cultural.
4. Dirección General del Libro, Bibliotecas y Archivos.
b) Queda adscrita a esta consellería la agencia pública Agencia Gallega de las Industrias Culturales
.
Las alusiones contenidas en normas de igual o inferior rango a la Dirección General de Promoción y Difusión de la Cultura se entenderán realizadas en lo sucesivo a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Archivos.
Las unidades administrativas dependientes de los centros directivos afectados por lo dispuesto en este decreto mantendrán su estructura y funciones hasta que se proceda al desarrollo de la estructura orgánica de la consellería.
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