Decreto 26/1998, de 22 de enero, por el que se modifica el Decreto 202/1995, de 16 de junio, y se aprueba la modificación de los estatutos del Consejo Gallego de Ingenieros Técnicos Industriales.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 202/95, do 16 de junio (DOG 11 de julio de 1995), se aprueba la creación y estatutos del Consejo Gallego de Ingenieros Técnicos Industriales .

Por parte de la Junta Ejecutiva del Consejo Gallego de Ingenieros Técnicos Industriales se someten al Pleno las propuestas de modificación al articulado de los estatutos del citado consejo, que el Pleno, válidamente constituido según el artículo 8 de los estatutos, aprueba por acuerdo unánime según consta en el acta correspondiente de la sesión extraordinaria del mismo.

Aprobadas las modificaciones por el Pleno y de conformidad con el artículo 23 de los estatutos se comunica a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales solicitando de ésta la tramitación de las mismas.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Constitución española, al amparo del artículo 27.29º del Estatuto de autonomía de Galicia, en la Ley orgánica 16/1995, de 27 de diciembre, sobre transferencias de competencias a la Comunidad Autónoma gallega, en el Real decreto 1643/1996, de 5 de julio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de colegios oficiales o profesionales y en los decretos de la Xunta de Galicia 337/1996, de 13 de septiembre, sobre asunción de funciones y competencias a que se refiere el real decreto citado y 161/1997, de 5 de junio por el que se regulan los consejos gallegos de colegios profesionales y se crea el Registro de Colegios Profesionales y de sus consejos, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consejo de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintidós de enero de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

Modificar el artículo 1 del Decreto 202/1995, por el que se crea el Consejo Gallego de Ingenieros Técnicos Industriales, que queda con la siguiente redacción:

Artículo 1º

Se aprueba la creación del Consejo Gallego de Ingenieros Técnicos Industriales que tendrá su sede

en la ciudad de Santiago de Compostela, con el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia

.

Artículo 2º

Aprobar la modificación de los estatutos del Consejo Gallego de Ingenieros Técnicos Industriales propuestas, que figuran como anexo a este decreto.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintidós de enero de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

ANEXO

Título primero
Disposiciones generales Artículos 2 a 7
Capítulo primero Artículos 2 y 3

Constitución, naturaleza, personalidad

jurídica y dirección

Artículo 2º

2.1. El Consejo Gallego de Ingenieros Técnicos Industriales y los colegios que lo integran son corporaciones de derecho público reconocidas y amparadas por la Constitución española, el Estatuto de autonomía de Galicia y la Ley de colegios profesionales.

En su respectivo ámbito de actuación cada una de ellas es autónoma y tiene, separada e individualmente, personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para cumplir sus fines, pudiendo, a título oneroso o...

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