Orden de 2 de mayo de 2008 por la que se aprueban las bases y se procede a la convocatoria de becas de residencia para la realización de estudios universitarios en el curso 2008-2009 en centros del sistema universitario de Galicia, destinadas a los gallegos y gallegas y a sus descendientes que tengan su residencia familiar en territorio español fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE EDUCACION Y ORDENACION UNIVERSITARIA
Rango de LeyOrden

Orden de 2 de mayo de 2008 por la que se aprueban las bases y se procede a la convocatoria de becas de residencia para la realización de estudios universitarios en el curso 2008-2009 en centros del sistema universitario de Galicia, destinadas a los gallegos y gallegas y a sus descendientes que tengan su residencia familiar en territorio español fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 31, establece como competencia plena de la Comunidad Autónoma de Galicia la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias.

El Real decreto 1754/1987, de 18 de diciembre, le transfirió a la comunidad autónoma competencias en materia de universidades. Estas competencias fueron asumidas por la comunidad autónoma y asignadas a la Consellería de Educación en el Decreto 62/1988, de 17 de marzo. La Ley 11/1989, de 20 de julio, de ordenación del sistema universitario de Galicia, determina la constitución del sistema universitario de Galicia con tres universidades: la Universidad de A Coruña, la de Santiago de Compostela y la de Vigo.

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, a través de la Dirección General de Ordenación y Calidad del Sistema Universitario de Galicia, está llevando adelante una política de asistencia económica a los estudiantes que queda concretada en diversas acciones, con el objeto de favorecer, dentro de las limitaciones presupuestarias, la calidad, la competencia, la igualdad de oportunidades y la excelencia en el rendimiento académico. En esta línea, con esta orde se pretende que los gallegos y gallegas, o sus descendientes, residentes en otra comunidad autónoma, tengan la posibilidad de formarse en las universidades del sistema universitario de Galicia, al mismo tiempo contribuir al fortalecimiento de su origen gallego.

Por lo que antecede, esta consellería

DISPONE:

Artículo 1º Objeto.

Se convocan becas de residencia, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los gallegos y gallegas, o a sus descendientes, que tengan su residencia familiar en territorio español fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de estudios universitarios presenciales conducentes al título de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico, arquitecto técnico y a los nuevos estudios oficiales de grado, para el curso académico 2008/2009, en alguna de las universidades del sistema universitario de Galicia.

Artículo 2º Presupuesto.

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria financiará estas ayudas con cargo a la aplicación presupuestaria 09.04.422C.480.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008, con una cuantía global máxima de 20.000 euros. No obstante, puede ser incrementada en el caso de producirse remanente de otras convocatorias financiadas con cargo a la misma aplicación presupuestaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2º apartado b) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Artículo 3º Período.

Las actividades que se subvencionan en esta convocatoria serán realizadas durante el curso académico 2007/2008.

Artículo 4º Requisitos.
  1. Podrán solicitar estas ayudas los estudiantes que cumpla los siguientes requisitos:

    1. Ser gallego o descendiente de gallegos en línea directa (padres- hijos- nietos) y tener su residencia familiar en territorio español fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia en el momento de la publicación de esta convocatoria.

    2. Acreditar su admisión en un centro de una de las tres universidades gallegas para seguir estudios presenciales conducentes al título de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico, arquitecto técnico y a los nuevos estudios oficiales de grado, en el curso académico 2008/2009.

    3. Poseer una nota media en su expediente académico igual o superior a 1 punto, calculada con los parámetros publicados por resolución de la Secretaría General de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de marzo de 2005, DOG del 23 de marzo. En el caso de alumnos de enseñanzas técnicas, la nota obtenida por el alumno se multiplicará por un coeficiente corrector de 1,35 puntos. Los/as alumnos/as que inicien por primera vez el primer curso universitario deberán tener una nota de acceso a la universidad igual o superior a 5,5 puntos.

    4. Cursar estudios presenciales conducentes al título de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico, arquitecto técnico y a los nuevos estudios oficiales de grado, en el curso académico 2008/2009 en una universidad del sistema universitario de Galicia y estar matriculado como mínimo en 50 créditos, incluido en ellos el proyecto de fin de carrera.

  2. Podrán solicitar la renovación aquellos/as alumnos/as que fueron beneficiarios de esta beca en la convocatoria anterior. Para concederles una nueva, deberán tener superado el 75% de las materias o créditos en los que estuvieron matriculados en el curso 2007/2008.

  3. Quedan excluidos de esta convocatoria los/as alumnos/as que estén en posesión o reúnan los requisitos legales para la expedición del título de licenciado, ingeniero o arquitecto, que realicen estudios de master oficial, tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización, títulos...

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