Decreto 86/1997, de 10 de abril, por el que se acepta la cesión a título gratuito a la Comunidad Autónoma de Galicia de una parcela de 10.477 m situada en el polígono Paseo das Pontes para dotación escolar.

Sección3 - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

El Pleno de la Corporación Municipal de A Coruña reunido en sesión extraordinaria el 11 de marzo de 1994 acordo la cesión a la Comunidad Autónoma de Galicia de una parcela de 10.477 m situada en el polígono Paseo das Pontes para dotación escolar.

Conforme a los artículos 17.1 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1 de la misma ley y 38.1 del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, de conformidad con la propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de A Coruña acordó la cesión, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diez de abril de mil novecientos noventa y siete.

DISPONGO:

Artículo 1º

Aceptar la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de Galicia de una parcela de 10.477 m situada en el polígono Paseo das Pontes para dotación escolar. Linda: norte, este y oeste con vía interior; y sur, calle de San Pedro de Mezonzo.

El inmueble descrito se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad nº 1 de A Coruña a favor del Ayuntamiento de A Coruña al folio 221 del libro

1.432 de ese registro, inscripción 1ª de la finca nº 83.840-N.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a dotación escolar.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

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