Decreto 236/1999, de 23 de julio, por el que se acepta la cesión a título gratuito a la Comunidad Autónoma de Galicia de un terreno situado en la zona de A Charca, en el término municipal de Fisterra (A Coruña), para la construcción de un centro de educación secundaria.
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Decreto |
El Pleno de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Fisterra, reunido en sesión celebrada el día 14 de octubre de 1998, acordó ceder a la Comu
nidad Autónoma de Galicia un terreno de una superficie de 3.662 m situado en la zona de A Charca, en el término municipal de Fisterra (A Coruña), para la construcción de un centro de educación secundaria.
Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 34 de su Reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la conselleriro de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de la misma ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Fisterra acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve,
DISPONGO:
Se acepta la cesión gratuita de un terreno, situado en el término municipal de Fisterra (A Coruña), que a continuación se describe:
-Terreno de 3.662 m de superficie, situado en la zona de A Charca, en el término municipal de Fisterra (A Coruña). Linda: norte, terrenos de Laura Canosa y en parte terrenos del campo de fútbol; sur, camino público; este, terrenos del recinto del pabellón polideportivo municipal y otros; oeste, terrenos de herederos de José Suárez Tuñas y Cándido Suárez Sixto.
La finca situada en la zona de A Charca es el resultado de la agrupación de los siguientes terrenos, que según certificación del Registro de la Propiedad de Corcubión de fecha 7 de mayo de 1999, aparecen inscritos de la siguiente forma:
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Inscrita en el tomo 704, libro 77, folio 174, finca número 8.697, inscripción 2ª.
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Inscrita en el tomo 792, libro 86, folio 223, finca número 9.601, inscripción...
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