Decreto 276/1995, de 13 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica aérea, a 20 kV al C.T. de Vilar, en el municipio de Lugo. (Expediente número 3486 A.T.).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Rango de LeyDecreto

Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A. (Begasa), con domicilio para efectos de notificaciones en la c/

Cidade de Viveiro, nº 4-1º de Lugo, solicitó de esta consellería, la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea a 20 kV de 1.064 m de longitud, en conductor LA-30, sobre apoyos metálicos y de hormigón, con origen en la L.M.T. al C.T. de la depuradora de aguas y final en los CC.TT. proyectados en Vilalvite y Vilar de 50 y 25 kVA respectivamente, en el municipio de Lugo (expediente número 3486 A.T.).

Dicha instalación se autorizó, se declaró de utilidad pública y se aprobó su proyecto de ejecución, por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo de 6-4-1993, la cual fue objeto de publicación, insertándose en el DOG del 21-3-1995, en el BOP de Lugo del 22-5-1993, y en el BOE del 5-5-1993.

La solicitud de urgente ocupación se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por el apartado 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.

Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 2-3-1994, en el BOP del Lugo del 23-3-1994, en el diario El Progreso de 27-1-1994, y en el BOE del 7-3-1994, al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación, excepto a los propietarios de los predios números 16 y 18 de dicha relación, que por estar en paradero desconocido, se le dio traslado de las actuaciones practicadas al Ministerio Fiscal, según el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa.

La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, durante el período en que se sometió a trámite de información pública no se formularon alegaciones ni se produjo incidente de ningún tipo.

Una vez efectuada, por técnicos de la Delegación Provincial de la Consellería de...

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