Decreto 96/1997, de 21 de marzo, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV desde Trabe hasta Piñeiro, en el término municipal de Cedeira, provincia de A Coruña. (Expediente 46/1995).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Rango de LeyDecreto

Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en la c/ Severo Ochoa, nº 2, de A Coruña, solicitó de la Consellería de Industria y

Comercio, la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV de 1.883 de longitud, con conductor tipo LA-56 sobre apoyos de hormigón, con origen en la línea que alimenta al centro de transformación de Trabe y final en la línea denominada Ventosa-Landoi, afectando en su recorrido al término municipal de Cedeira (A Coruña) (expediente 46/1995).

Dicha instalación se autorizó, se declararó de utilidad pública y se aprobó su proyecto de ejecución, por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña del 26-9-1995, la cual fue objeto de publicación, insertándose en el DOG del 26-10-1995, en el BOP de A Coruña del 20-10-1995, y en el BOE del 24-10-1995.

La solicitud de urgente ocupación se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.

Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 6-6-1996, en el BOP de A Coruña del 19-6-1996, en el diario El Ideal Gallego del 26-6-1996, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cedeira, y en el de la delegación provincial, al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.

La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; durante el período en que se sometió a trámite de información pública se formularon alegaciones, que fueron remitidas a la empresa beneficiaria:

Dolores Sande Rodríguez, titular de la finca nº 35, manifestando que la finca es susceptible de edificar, estando en la actualidad dedicada al cultivo de eucaliptos, que los gastos de conservación e impuestos seguirán...

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