Orden de 18 de julio de 2008 por la que se modifica la Orden de 11 de septiembre de 2007 por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo administrativo de la Xunta de Galicia (grupo C).

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyOrden

En virtud de la Orden de 11 de septiembre de 2007 (DOG nº 177, del 12 de septiembre), se convocó el proceso selectivo para el ingreso por el turno de promoción interna en el cuerpo administrativo de la Xunta de Galicia, grupo C.

Dicha orden resultó afectada por la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santiago de Compostela en el procedimiento abreviado número 13/2008, que estimó parcialmente el recurso interpuesto.

En ejecución de esta sentencia, esta consellería

DISPONE:

Primeiro.-Modificar la base II.2.1.c) de la Orden de 11 de septiembre de 2007, que queda redactada de la siguiente forma:

c) Ejercicio de derechos de conciliación en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, hasta el máximo de 1 punto: (…)

Segundo.-Añadir en la misma base II.2.1 el siguiente párrafo:

d) Formación: por los cursos organizados e impartidos directamente por la Escuela Gallega de Administración Pública, Fegas, Academia Gallega de Seguridad Pública, INAP, escuelas oficiales de formación de las restantes comunidades autónomas, universidades, Inem, Dirección General de Formación Ocupacional de la Consellería de Trabajo, cursos de formación continua del AFCAP, que a continuación se señalan:

-Curso de perfeccionamiento de jefes de negociado.

-Cursos de procedimiento administrativo, de atención al ciudadano y de seguridad y salud laboral.

-Cursos de informática: internet, correo electrónico, aplicaciones ofimáticas: office, word, power point, excel y access.

-Cursos de archivo de documentación.

Asimismo, se puntuarán los cursos de los idiomas oficiales de la Unión Europea, organizados e impartidos directamente por los organismos anteriormente indicados.

La valoración de los cursos se hará de acuerdo con los siguientes criterios:

-Por cada curso igual o superior a 12 horas lectivas y hasta 40 horas lectivas: 0,30 puntos por curso.

-Por cada curso superior a 40 horas lectivas e igual o inferior a 75: 0,50 puntos por curso.

-Por cada curso superior a 75 horas lectivas: 1 punto por curso.

Se valorarán los cursos de los idiomas oficiales de la Unión Europea, organizados e impartidos directamente por las escuelas oficiales de idiomas (se entiende por curso año superado), puntuándose 1 punto por curso.

No se valorarán, tanto los cursos que no acrediten las horas de duración como los inferiores a doce horas lectivas, ni los diplomas...

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