Orden de 4 de octubre de 2007 por la que se amplía el plazo de presentación de la documentación de justificación establecido en la Orden de 27 de abril de 2007 por la que se establecen as bases que rigen las ayudas para actividades realizadas por escuelas de tiempo libre y se procede a su convocatoria.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorVICEPRESIDENCIA DE LA IGUALDAD Y DEL BIENESTAR
Rango de LeyOrden

Con fecha 8 de mayo de 2007 se publicó en el DOG nº 88 la citada Orden del 27 de abril de 2007.

El artículo 9 de la mencionada orden establece el plazo de justificación de la subvención disponiendo que: «El período que se establece para justificar las ayudas será hasta el 15 de octubre de 2007, inclusive…».

No obstante, por causas sobrevenidas el plazo establecido resulta de difícil cumplimiento, por lo que con el fin de garantizar la mayor eficacia posible de la convocatoria de las referidas subvenciones, es procedente ampliar dicho plazo para la justificación de la subvención.

De acuerdo con lo anterior, vistos la Ley 38/2003 de subvenciones, y el reglamento de desarrollo aprobado por el Real decreto 887/2006, publicado el 21 de julio, el artículo 78 del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, así como la normativa de desarrollo,

DISPONGO:

Artículo único Ampliación del plazo de justificación.

Se amplía hasta el día 30 de noviembre de 2007 el límite del plazo de presentación de la documentación justificativa previsto en el artículo 9 de la Orden del 27 de abril de 2007 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas para actividades realizadas por escuelas de tiempo libre y se procede a su convocatoria.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de...

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