Resolución conjunta de 4 de junio de 2010, de la Secretaría General de la Emigración y de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria a través de la Secretaría General de Política Lingüística, por la que se anuncian, con carácter gratuito, cursos preparatorios de lengua gallega, para los niveles Celga y de extensión cultural, para gallegos residentes en el exterior y personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyResolución

El artículo 5 del Estatuto de autonomía de Galicia establece el gallego como lengua propia de Galicia, asimismo establece que los poderes públicos de Galicia garantizarán el uso normal y oficial de los dos idiomas y potenciarán el empleo del gallego en todos los planos de la vida pública, cultural e informativa, y dispondrán los medios necesarios para facilitar su conocimiento.

Asimismo, el artículo 7 del Estatuto establece que las comunidades gallegas asentadas fuera de Galicia podrán solicitar, como tales, el reconocimiento de su galleguidad entendida como el derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural del pueblo gallego.

Según el artículo 27 del Estatuto, la Comunidad Autónoma gallega tiene competencia exclusiva en la promoción y en la enseñanza de la lengua gallega.

La Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, establece en el artículo 21 que el Gobierno gallego hará uso de los recursos necesarios para que los gallegos residentes en el exterior puedan disponer de servicios culturales y lingüísticos en el idioma propio de Galicia.

El artículo 6 c) de la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad, establece que el reconocimiento de la galleguidad de las comunidades gallegas implica en el orden cultural el derecho a colaborar en el impulso de las actividades culturales y espectáculos orientados a preservar y fomentar el uso de la lengua, cultura y tradiciones gallegas, y el artículo 7.2º de esta ley establece la obligación de facilitarles a las comunidades gallegas la organización de cursos de lengua y cultura gallega.

De acuerdo con las funciones establecidas, la Secretaría General de la Emigración, en el Decreto 325/2009, de 18 de junio, de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia. Así como lo dispuesto en el Decreto 332/2009, de 11 de junio, de estructura orgánica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, y la Orden de 3 de agosto de 2009 (DOG del 7 de agosto), de delegación en la Secretaría General de Política Lingüística, ambas secretarías convocan, mediante esta resolución conjunta, cursos preparatorios de lengua gallega para los niveles Celga y cursos de extensión cultural dirigidos a las entidades gallegas del exterior y/u otras entidades sin fines de lucro, así como a personas no vinculadas con dichas entidades.

La presente convocatoria tiene carácter plurianual, con la finalidad de que las entidades gallegas puedan organizar cursos que se desarrollen en los primeros meses del ejercicio presupuestario 2011.

Por ello, conforme a lo establecido en la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad, y en la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, en el uso de las funciones que la Secretaría General de la Emigración y la Secretaría General de Política Lingüísticas tienen atribuidas,

DISPONEN:

Primero.-La presente resolución tiene por objeto convocar cursos preparatorios de lengua gallega para los niveles Celga y de extensión cultural, que se realizarán en los centros gallegos del exterior, entidades sin ánimo de lucro y en las ciudades donde exista una importante demanda en el conocimiento de la lengua gallega.

Segundo.-Modalidades y solicitantes.

Los cursos convocados son los siguientes:

  1. Cursos de lengua gallega y de extensión cultural en los centros gallegos y entidades sin ánimo de lucro, radicadas fuera de Galicia, interesadas en el conocimiento de la lengua y cultura gallega.

  2. Gallego en tu ciudad. Cursos de lengua gallega dirigido a personas residentes en el exterior que estén interesadas en el conocimiento de la lengua gallega.

    Solicitantes:

    -Cursos de lingua galega y de extensión cultural.- Podrán solicitar estos cursos las entidades gallegas que tengan reconocida la galleguidad o su condición de centro colaborador, o bien una agrupación, federación o unión de estas entidades, así como otras entidades sin fin de lucro radicadas en el exterior, legalmente constituidas, que tengan entre sus objectivos la promoción y difusión de la cultura gallega, que contribuyan a favorecer la difusión y preservación del patrimonio cultural gallego en el exterior.

    Las entidades a las que se les conceda el curso se comprometen en su solicitud a facilitar las instalaciones adecuadas para la realización del curso en el lugar donde se desarrolle.

    -Cursos de gallego en tu ciudad.-Podrán solicitar su inscripción en el programa los ciudadanos y ciudadanas gallegos residentes en el exterior y sus descendientes o cualquier otra persona interesada en el estudio y conocimiento de la lengua gallega. Los solicitantes podrán preinscribirse a través del formulario que figura en la página web de la Secretaría General de la Emigración www.galiciaaberta.com

    Se realizarán cursos de lengua gallega en aquellas ciudades donde exista un número mínimo de alumnos preinscritos a través de la página web de la Secretaría General de la Emigración www.galiciaaberta.com.

    Tercero.-Características comunes.

  3. Estos cursos van dirigidos, preferentemente, a los gallegos residentes en el exterior, aunque pueden participar también otras personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia.

  4. El número de asistentes será de 20 personas como mínimo y de un máximo de 30, salvo casos excepcionales debidamente justificados. Si durante la realización de los cursos el número de asistentes no alcanzarse un mínimo significativo, la Secretaría General de la Emigración, conjuntamente con la Secretaría General de Política Lingüística, podrá acordar la cancelación del curso.

  5. Todos los cursos tendrán una duración de 75 horas.

  6. Serán gratuitos para todos los participantes, sin que los beneficiarios tengan que abonar cantidad alguna por ningún concepto.

  7. Estos cursos se realizarán, ordinariamente, con...

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