ORDEN de 28 de febrero de 2012 por la que se crea la Lonja Virtual de Ganado y se regula su funcionamiento.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería del Medio Rural y del Mar
Rango de LeyOrden

El Decreto 46/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Mar y del Fondo Gallego de Garantía Agraria, atribuye a la consellería las competencias en materia de fomento de la producción agraria. En este marco competencial, la atención a las posibilidades de comercialización de los productores agrarios constituye un aspecto relevante a considerar. El empleo de instrumentos de subasta en internet puede ofrecer a los productores canales alternativos de comercialización.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, establece las condiciones a respetar en la planificación de los medios electrónicos. Estas condiciones se detallan en el Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes, y en el Decreto 201/2011, de 13 de octubre, por el que se regula la presencia de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia en internet, que posibilita que los órganos superiores de la Administración general de Galicia o entidades instrumentales del sector público autonómico puedan ofrecer información o servicios al público a través de internet, mediante portales web propios bajo subdominios de xunta.es.

Lo que se pretende con la creación de la lonja virtual de compraventa de ganado es crear un mecanismo que favorezca las transacciones comerciales en este sector primario, dando al comprador todas las opciones de compra en un momento determinado, permitiendo al consumidor acercarse si lo desea a la realidad de la granja y posibilitando la venta desde la propia explotación, como opción complementaria de la tradicional asistencia a los mercados ganaderos. Un servicio en el que los compradores puedan consultar los animales que están a la venta por este sistema, en el que se indique la cantidad mínima que pide el vendedor, que permita realizar ofertas y que, cuando concluya el plazo fijado previamente, ponga en contacto a comprador y vendedor para que perfeccionen la transacción.

De este modo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.I.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y haciendo uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

El objeto de esta orden es la creación de la Lonja Virtual de Ganado de la Consellería del Medio Rural y del Mar, como un servicio gratuito para los ganaderos gallegos, destinado a la compraventa de ganado a través de internet, y la regulación de su funcionamiento.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

La Lonja Virtual de Ganado...

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