Decreto 162/2005, de 16 de junio, por el que se modifica el Decreto 134/2002, de 4 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA
Rango de LeyDecreto

Decreto 162/2005, de 16 de junio, por el que se modifica el Decreto 134/2002, de 4 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

El Decreto 134/2002, de 4 de abril, establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda. Posteriormente el Decreto 23/2003, de 20 de enero, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia dispone en su artículo 12.b).2 que queda adscrito a la Consellería de Medio Ambiente el ente público Obras y Servicios Hidráulicos, dependiente hasta entonces de esta consellería.

Esta modificación orgánica, unida á las exigencias que en materia urbanística introdujo la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, aconsejan llevar a cabo una serie de cambios en la estructura orgánica de la consellería, en la búsqueda del cumplimiento de los principios de racionalidad y eficacia que deben presidir el desarrollo del ámbito competencial y de gestión propio de esta consellería.

La actual relación de puestos de trabajo de la consellería recoge, como centro de destino dependiente de la Secretaría General, la unidad de informática.

Dado que el Decreto 134/2002, de 4 de abril, por el que establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, establece en su artículo 5.4º que la Subdirección General de Coordinación Administrativa y Control Presupuestario se encargará del sistema de informatización y proceso de datos, es preciso recoger dicha unidad en la estructura orgánica de la consellería. Sin embargo, lo más adecuado, vistas las competencias de la Subdirección General de Coordinación Administrativa y Control Presupuestario, es recogerla, no como centro de destino, sino como jefatura de servicio, concretamente como Servicio de Informática.

La aplicación de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, junto con el aumento de expedientes en materia de ordenación del territorio, generan la necesidad de reestructurar los servicios de la Dirección General de Urbanismo.

Al mismo tiempo, dicha ley prevé en su...

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