Decreto 59/2011, de 17 de marzo, por el que se modifica del Decreto 307/2009, de 28 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

La Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, en sus artículos 25º.2 y 29º, regula las secretarías generales técnicas como órganos de dirección de la Administración general de la Comunidad Autónoma, modificando, así, la denominación de las anteriores secretarías generales de las consellerías, con el objeto de distinguirlas de otras unidades, denominadas igual, que pasan a ser órganos superiores de la Administración. En aplicación de estos preceptos se aprobó el Decreto 8/2011, de 28 de enero, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, procediendo ahora que cada consellería adapte la denominación de su respectiva secretaría general en su decreto de estructura orgánica.

En la referenciada Ley 16/2010, figura en su artículo 26º la consideración de las secretarías generales como órganos superiores de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, por lo que resulta conveniente modificar la denominación «Secretaría General de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa», con nivel orgánico de subdirección general, por «Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa». Consecuentemente, debe modificarse la denominación que de este puesto figura en distintos preceptos del Decreto 237/2007, de 5 de diciembre, por el que se crea la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Galicia y se regulan su composición y funciones.

Asimismo, en el artículo 32º de dicho texto legal se establece la denominación de las vicesecretarías generales, en lugar de la que figura en la vigente estructura de la consellería de «Vicesecretaría General Técnica», por lo que procede modificar en este aspecto los correspondientes preceptos.

Con la finalidad de recoger las facultades de control establecidas en el título III de dicha Ley 16/2010, de 17 de diciembre, referidas a las entidades instrumentales del sector público autonómico, procede modificar las funciones de determinados servicios y subdirecciones generales de la Dirección General de Presupuestos recogidas en el Decreto 307/2009, de 28 de mayo: las del Servicio de Programas Presupuestarios del Servicio Gallego de Salud, las de la Subdirección General de Control Presupuestario del Gasto y de su Servicio de Análisis de Planes y Proyectos, y las de la Subdirección General de Costes de Personal; así como, en consecuencia, cambiar la denominación de la primera de las subdirecciones generales mencionadas por «Subdirección General de Programación Financiera del Sector Público Autonómico y de Seguimiento de Políticas de Gasto», y la de su servicio por «Servicio de Seguimiento de Políticas de Gasto».

En aplicación del artículo 36º de la citada Ley 16/2010, también procede modificar las referencias a las unidades administrativas, denominación que sólo procede aplicar a las unidades de nivel inferior a servicio.

Por otra parte, en concordancia con los cambios estructurales y competenciales derivados de la Ley por la que se crea el Consejo Gallego de la Competencia, procede incorporar el nuevo organismo autónomo a la relación de entidades adscritas a la consejería, en sustitución del anterior Tribunal Gallego de Defensa de la Competencia; así como modificar la denominación y funciones de la actual Subdirección General de Apoyo Técnico Jurídico y Defensa de la Competencia, cuyas competencias en materia de competencia pasan a la nueva Subdirección de Investigación del organismo autónomo.

De acuerdo con el expuesto, a propuesta de la conselleira de Hacienda, con los preceptivos informes favorables y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diecisiete de marzo de dos mil once,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 307/2009, de 28 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda.
  1. -Se modifica el punto 2 del artículo 2º, que queda redactado como sigue:

    2. Se adscriben a la Consellería de Hacienda las siguientes entidades:

    -Instituto Gallego de Estadística, organismo autónomo de carácter administrativo que se ajustará, en cuanto a sus fines, estructura y funcionamiento, a lo previsto en la Ley 9/1988, de 19 de julio, de estadística de Galicia, y las normas que la desarrollan.

    -Consejo Gallego de la Competencia, organismo autónomo de carácter administrativo creado por la Ley 1/2010, del 23 de febrero, regulador del Consejo Gallego de la Competencia.

    -Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (CIXTEC), ente de derecho público creado por la disposición adicional quinta de la Ley 2/1998, de 8 de abril.

    -Consejo Económico y Social de Galicia, ente institucional de derecho público, órgano consultivo de la Xunta de Galicia en materia socioeconómica, creado por la Ley 6/1995, de 28 de junio

    .

  2. -Se modifica el punto 1 del artículo 5º, que queda redactado como sigue:

    1. Para el ejercicio de sus competencias, la Secretaría General Técnica y del Patrimonio se estructura en los órganos de dirección previstos en los artículos siguientes, que realizarán las funciones que para cada uno de ellos se señala, sin perjuicio de aquellas que dentro de su ámbito se le asignen:

    -La Vicesecretaría General.

    -La Subdirección...

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