Decreto 260/2002, de 30 de julio, por el que se modifican los estatutos de la Sociedad Pública de Investimentos de Galicia, S.A.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Sociedad Pública de Investimentos de Galicia (SPI Galicia) se constituyó el día 31 de marzo de 1997, después de acordada su creación por el Decreto 56/1997, de 6 de marzo, al amparo de la disposición adicional decimosegunda de la Ley 11/1996, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1997. En el mencionado Decreto 56/1997 también se aprueban los estatutos de la sociedad.

Con la finalidad de delimitar por una parte su objeto social, en lo relativo a la totalidad de los conceptos en los que puede actuar la sociedad en relación con la Xunta de Galicia y los terceros y por otra para adaptar la composición del Consejo de Administración de la sociedad a la modificación parcial de la estructura orgánica de la Xunta de Galicia establecida por el Decreto 306/2001, de 15 de diciembre, es preciso modificar los estatutos de la Sociedad Pública de Investimentos de Galicia, S.A., aprobados por el Decreto 56/1997, de 6 de marzo.

Por todo lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el artículo 111 del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta de julio de dos mil dos,

DISPOÑO:

Artículo único Los artículos 2, 9 y 11 de los estatutos de la Sociedad Pública de Investimentos de Galicia, S.A., aprobados por el Decreto 56/1997, de 6 de marzo, quedan redactados en los siguientes términos:

Artículo 2º.-Objeto.

El objeto de la sociedad es proyectar, construir, conservar y explotar, por ella misma, o por terceras personas o en calidad de concesionaria, actuando por encargo del Consello de la Xunta, en nombre propio o por cuenta y mandato de la Xunta de Galicia, según los términos de los encargos y los mandatos de actuaciones, toda clase de infraestructuras que la Xunta promueva o participe, y también los servicios que se puedan instalar o desarrollar en dichas infraestructuras. Su actividad comprende también, previa autorización del Consello de la Xunta, la promoción y ejecución de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR