Decreto 217/2002, de 6 de junio, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Narón (A Coruña), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de expropiación de una parcela destinada al Colegio Público Ponte de Xubia.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Narón, en sesión celebrada el día veintiocho de septiembre de dos mil uno, aprobó

el proyecto de expropiación de una parcela destinada al Colegio Público Ponte Xubia, y en la sesión del veintiséis de abril de dos mil dos, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte del Ayuntamiento de Narón fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día veintiocho de mayo de dos mil dos.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día veinticuatro de mayo de dos mil dos.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque según señala el Ayuntamiento de Narón con motivo de la realización de las obras del proyecto de rehabilitación ambiental del borde marítimo en la ría de Ferrol, promovido por la Autoridad Portuaria de Ferrol, se vieron afectados los terrenos que estaban destinados a lugar de recreo de los alumnos del colegio Ponte de Xubia, por lo que se hace necesaria la actuación para poder dar continuidad a las actividades de recreo de los mismos, en sustitución de los afectados por las obras anteriormente citadas.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía...

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