Decreto 443/2009, de 30 de diciembre, por el que aprueba la oferta de empleo público para el ano 2009 del personal funcionario con habilitación de carácter estatal no ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

El artículo 70 de la Ley 7/2007, del 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, establece que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la correspondiente oferta de empleo público.

La disposición adicional segunda de la citada ley atribuye a las comunidades autónomas la competencia para convocar la oferta de empleo público del personal funcionario con habilitación de carácter estatal. Es también de su competencia la selección de estos funcionarios conforme a los títulos académicos y a los programas mínimos aprobados reglamentariamente por el Ministerio de Administraciones Públicas.

En su virtud, el artículo 48 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/as funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, en concordancia con el artículo 15.1º del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, dispone que la consellería competente en materia de régimen local realizará la convocatoria pública de los procesos selectivos de acceso a las subescalas en que se estructura la escala de funcionarios/as con habilitación de carácter estatal conforme a las plazas incluidas en la oferta de empleo público aprobada, figurando en disposición separada dentro de aquella.

En este marco, corresponde a la Xunta de Galicia autorizar la convocatoria pública de las plazas reservadas a funcionarios/as con habilitación de carácter estatal vacantes, dotadas presupuestariamente, que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, de acuerdo con el artículo 31 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, estableciendo los criterios en que debe enmarcarse la oferta de empleo público de dicho personal, concebida como instrumento de programación de las necesidades de personal y de racionalización del empleo público y de los procesos de selección del personal al servicio de la Administración pública, primando os principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

En consecuencia, teniendo en cuenta los puestos de trabajo vacantes, reservados a la escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescalas de secretaría e intervención-tesorería, ambas categorías de entrada y superior, que afectan al ejercicio de las funciones públicas necesarias en las corporaciones locales gallegas, procede la aprobación de la oferta de empleo público relativa a dicho personal funcionario en el año 2009.

En su virtud, de acuerdo con el artículo 13.8º y 15....

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