Decreto 444/2009, de 30 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009 del personal sanitario funcionario al servicio de la comunidad autónoma incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE SANIDAD
Rango de LeyDecreto

El derecho transitorio de la Ley 17/1989, de 23 de octubre, de creación de escalas del personal sanitario al servicio de la comunidad autónoma, prevé la realización de tres procesos selectivos para el acceso a la condición de personal sanitario funcionario incluido en su ámbito de aplicación, garantizando el derecho a continuar prestando servicios como personal interino a aquel que a su entrada en vigor tuviese tal condición y en tanto se ejecuten dichos procesos selectivos.

El distinto ritmo seguido en las reformas estructurales de la sanidad gallega ha motivado el hecho de que para algunas clases ya se hayan realizado los tres procesos selectivos, mientras que en otras aún queden pendientes algunas de ellas.

Así, en la clase de inspectores médicos se convocaron y resolvieron dos procesos selectivos, por lo que resulta necesario afrontar el tercero de ellos, dando así cumplimiento al mandato legal.

Por su parte, en la clase de farmacéuticos inspectores de salud pública tan sólo se convocó y resolvió el primero de los procesos selectivos previstos, por lo que igualmente resulta necesario afrontar el segundo de ellos.

Por último, y aunque en las clases de inspectores farmacéuticos y subinspectores sanitarios, para las que se convocaron y resolvieron un proceso selectivo para la primera de las clases y dos para la segunda, no existe personal interino con derecho a continuar prestando servicios como tal en tanto no se ejecuten dichos procesos selectivos, existen puestos de trabajo vacantes ocupados por personal interino que afectan al funcionamiento de los servicios públicos esenciales y no pueden ser cubiertos con efectivos de personal existentes en la actualidad, por lo que resulta igualmente necesario afrontar un nuevo proceso selectivo, si bien ya no será en ejecución de dicho derecho transitorio.

En consecuencia, teniendo en cuenta los puestos de trabajo vacantes en las distintas clases de personal sanitario funcionario que afectan al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2009, es necesaria la aprobación de la oferta de empleo público para el año 2009 relativa a las diversas clases de personal sanitario funcionario al servicio de la comunidad autónoma incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Sanidad, previa negociación con la representación sindical en el seno de la Mesa General de Empleados Públicos, previo informe de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Sanitario al servicio de la comunidad autónoma y previa deliberación del Consello de la Xunta de...

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