ORDEN de 18 de septiembre de 2020 por la que se crea el Comité Educativo de Personas Expertas para afrontar la emergencia sanitaria derivada de la pandemia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Cultura, Educación y Universidad
Rango de LeyOrden

Mediante el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 12 de junio de 2020 se adoptaron medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Conforme al punto sexto de dicho acuerdo, las medidas preventivas previstas en el mismo deben ser objeto de seguimiento y evaluación continua a fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria.

Por otra parte, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud adoptó el día 27 de agosto, en coordinación con la Conferencia Sectorial de Educación, un acuerdo sobre la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública frente al COVID-19 para centros educativos durante el curso 2020/21. Del mismo modo, fueron declaradas por el Ministerio de Sanidad, el mismo día, como actuación coordinada en salud pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema nacional de salud, una serie de medidas y recomendaciones relativas a estos centros educativos para el curso 2020/21.

Esta declaración de actuaciones coordinadas viene referida a un ámbito material en el cual la Administración general del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general de la sanidad, de acuerdo con la orden constitucional de distribución de competencias, e incluye todas las comunidades autónomas y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla a los efectos previstos en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema nacional de salud.

Cabe destacar que, de acuerdo con el número 2 del artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema nacional de salud, las medidas contenidas en la declaración de actuaciones coordinadas por el Ministerio de Sanidad resultan de obligado cumplimiento, por lo que se debe proceder a la adaptación de las medidas autonómicas.

En el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 12 de junio de 2020, en el cual se adoptaron medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ya se incorporaron una serie de medidas relativas a centros docentes, entre las cuales se encontraba la elaboración y aprobación por parte de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional de un protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva, donde se recogían las recomendaciones sanitarias aprobadas hasta el momento. Este protocolo, elaborado por el grupo de trabajo constituido a tal fin y consensuado en el seno de la Comisión clínica para la gestión de la crisis sanitaria del COVID-19, ya incorporaba la práctica totalidad de las medidas recogidas en el referido acuerdo del Consejo Interterritorial de Salud, pero, en cualquier caso, se considera necesario disponer formalmente la necesaria...

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