ORDEN de 26 de enero de 2017 por la que se regulan las compensaciones económicas a las personas que ejerzan el arbitraje en los procedimientos de la Comisión Tripartita Gallega para la Inaplicación de Convenios Colectivos.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Consellería de Economía, Empleo e Industria |
Rango de Ley | Orden |
La Comisión Tripartita Gallega para la Inaplicación de Convenios Colectivos, creada mediante el Decreto 101/2015, de 18 de junio (DOG de 22 de julio), es un órgano de carácter colegiado, de los previstos en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, decisorio y de composición tripartita, integrado por representantes de la Administración pública autonómica y de las organizaciones sindicales y empresariales intersectoriales más representativas de la Comunidad Autónoma de Galicia, que tiene entre sus funciones adoptar el acuerdo de designar a una persona que arbitrará sobre como se va a resolver la discrepancia surgida entre la empresa y la representación de las persoas trabajadoras, en cuanto a la no aplicación de las condiciones de trabajo pactadas en los convenios colectivos.
Esta nueva posibilidad de solución de discrepancias confiere a estos arbitrajes una función de utilidad pública e interés social que impone la necesidad de compensación económica de las personas que ejercen el arbitraje.
La disposición adicional primera del Decreto 101/2015, de 18 de junio, dispone que la consellería competente atenderá los gastos de funcionamiento de la Comisión Tripartita Gallega para la Inaplicación de Convenios Colectivos, incluídas las compensaciones a las personas que ejerzan el arbitraje, cuya regulación se desarrollará mediante orden, con cargo a su presupuesto ordinario, sin que, en ningún caso, suponga incremento de gasto público, lo que se llevará a cabo a través de las partidas presupuestarias ya existentes para este fin.
Por otra parte, la disposición final segunda del referido Decreto 101/2015, de 18 de junio, faculta a la persona titular de la consellería competente para dictar las disposiciones precisas para el desarrollo y ejecución de este reglamento.
A la Consellería de Economía, Empleo e Industria, a través de la Secretaría Xeral de Empleo, con base en el Decreto 175/2015, de 3 de diciembre, que establece su estructura orgánica, y la DT 2ª del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estrutura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, le...
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