ORDEN de 3 de abril de 2017 por la que se modifica la Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competentes.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Mayo de 2017
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Política Social
Rango de LeyOrden

El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 27.23, asigna a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de asistencia social. Asimismo, en el artículo 33.2 se establece que le corresponde el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de seguridad social.

Mediante el Real decreto 258/1985, de 23 de enero, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia de funciones y servicios del Instituto Nacional de Servicios Sociales (Inserso) de la Seguridad Social, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia las citadas funciones y servicios.

El Real decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, establece la competencia de las comunidades autónomas con funciones transferidas en la materia para el reconocimiento del grado de discapacidad, así como para la determinación de la necesidad de ayuda de tercera persona y de la dificultad para utilizar transportes públicos colectivos, a efectos de las prestaciones, servicios o beneficios públicos establecidos, y se publica en el ámbito autonómico el 23 de enero de 2001 la Orden de 29 de diciembre de 2000 por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

El 11 de diciembre de 2015 se publica la Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y la organización y funcionamento de los órganos técnicos competentes. Esta norma tiene por objeto adaptarse a los últimos cambios normativos, garantizar la máxima agilidad y eficacia en los procedimientos de reconocimiento del grado de discapacidad, la coordinación efectiva de las unidades dependientes de la Xunta de Galicia, especialmente en lo referente a la coordinación necesaria con el procedimiento para el reconocimiento del grado de dependencia, así como la implementación de los medios técnicos actuales de cara a la implantación de escenarios de tramitación electrónica, con el objetivo de consolidar los derechos...

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