Orden de 16 de abril de 2007 por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en esta consellería.

Sección4 - Oposiciones y Concursos
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en el artículo 27.2º de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, modificada por la Ley 3/1995, de 10 de abril, y en el artículo 16 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15.4º de la misma ley, esta consellería

DISPONE:

Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo que se indican en el anexo I.

Segundo.-Podrán concurrir a el los funcionarios de carrera que reúnan las condiciones señaladas en el anexo I.

Tercero.-Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán en el registro general de la Consellería de Trabajo (edificio administrativo San Lázaro, s/n, Santiago de Compostela), en sus delegaciones provinciales o en las oficinas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, según el modelo que se incluye en el anexo II.

Cuarto.-Los aspirantes deberán unir a la petición un currículum vitae y justificar mediante certificación o copia compulsada los méritos que aleguen.

Quinto.-Esta convocatoria será resuelta por la Consellería de Trabajo. En caso de que resulte seleccionado para ocupar el puesto de trabajo que se anuncia en el anexo I de esta orden un funcionario con destino en otra administración o que esté en esta comunidad autónoma como consecuencia de una comisión de servicios concedida conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria octava , punto 4º, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se requerirá informe favorable de la Administración de origen que, de no emitirse en el plazo de quince (15) días naturales y tal como dispone el artículo 67 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, se considerará favorable. Una vez tramitado su traslado a esta comunidad autónoma, se procederá a la adjudicación del puesto para el que fue seleccionado.

Sexto.-La resolución de esta convocatoria se hará pública en el DOG, y podrá declararse desierto el puesto de trabajo, de considerarse oportuno.

Séptimo.-El plazo de toma de posesión será de tres días, si el destino anterior está en la misma localidad...

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