Decreto 220/2001, de 7 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Ortigueira, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de recuperación del molino de viento del Campo da Torre, urbanización y ajardinamiento de su entorno ...

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Ortigueira, en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2000, aprobó el proyecto de recuperación del molino de viento de Campo da Torre, urbanización y ajardinamiento de su entorno y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta

de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte del ayuntamiento fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 25 de mayo de 2001.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 11 de junio de 2001.

La Dirección General de Patrimonio Cultural da la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo emitió informe, que tuvo entrada en el registro de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales con fecha de 3 de agosto de 2001, en el sentido de informar favorablemente el proyecto; no obstante y como se trata de un bien del catálogo municipal y por lo tanto integrante del Inventario General del Patrimonio Cultural de Galicia, deberá ser el Ayuntamiento de Ortigueira quien solicite da la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo el pertinente informe vinculante del proyecto, previo a la concesión de licencia.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque según señala el ayuntamiento a pesar de las protecciones con que cuenta el referido bien su estado actual presenta graves deficiencias y deterioro, debido a un claro incumplimiento por parte de los propietarios del deber de conservación y reparación del mismo, por lo que de no realizar las obras de recuperación del molino de viento en breve plazo, supondría su desaparición con la consiguiente pérdida de un bien del patrimonio cultural lo que no solo perjudicaría a los intereses municipales sino al interés general...

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