Decreto 21/2001, de 18 de enero, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Lugo, de los bienes y derechos necesarios para la realización de la obra número 117: Plan de Obras y Servicios (POS) 2000 Pantón, C.P. Següín-Pombeiro-Os Peares, ayuntamiento de Pantón, ensanche y...

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES
Rango de LeyDecreto

La Diputación Provincial de Lugo, en sesión celebrada el día 21 de julio de 2000, aprobó la obra

nº 117 Plan de Obras y Servicios (POS) 2000 Pantón, C.P. Següín-Pombeiro-Os Peares, ayuntamiento de Pantón, ensanche y mejora del p.k. 0 ó 2 y explanación del p.k. 2 al 3, y en la misma sesión, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte de la Diputación Provincial de Lugo fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 29 de diciembre de 2000.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, emitió informe favorable con fecha 22 de diciembre de 2000.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque según señala la diputación la urgencia de las obras viene dada por el interés social que supone la dotación de comunicaciones adecuadas a esta zona del territorio provincial con la mejora y ensanchamiento de las casi obsoletas vías provinciales, ya que supondría contar con un instrumento de mayor agilidad para la concreción de unos objetivos que en definitiva redundan en beneficio de los vecinos de la zona y que son los primeros interesados en la ejecución de la obra, así como todos los usuarios de la carretera.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de...

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