Decreto 281/1997, de 9 de octubre, por el que se regula el procecimiento de contratación de la gestión indirecta del servicio de radiodifusión sonora, de carácter comercial, en ondas métricas con modulación de frecuencia en determinadas localidades de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

El Real decreto 1388/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueba un incremento de frecuencias para la gestión indirecta de emisoras, dentro del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, procedió en virtud de su artículo 2.2 a atribuir la gestión de determinadas frecuencias y potencias a la Comunidad Autónoma de Galicia.

Hecha tal disponibilidad del espacio radioeléctrico para el servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ejercicio de las facultades que constitucional y estatutariamente tiene atribuidas (artículos 149.1.27 de la CE y artículo 34 del E.A. de Galicia), y de conformidad con lo que dispone la Ley 31/1987, de ordenación de las telecomunicaciones y ulteriores modificaciones, así como en lo previsto en el Decreto 156/1989, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, modificado por el Decreto 35/1992, del 6 de febrero, le corresponde regular el procedimiento para la gestión indirecta mediante concesión administrativa del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura y Comunicación Social y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día nueve de octubre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acuerda el inicio del expediente por el que se regula el procedimiento para el otorgamiento de la concesión del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, en las localidades que figuran en el anexo de este decreto.

Artículo 2º

Se aprueba el pliego-tipo de bases administrativas y de condiciones técnicas, los cuales quedan a disposición de los licitadores en las oficinas de la Dirección General de Medios de Comunicación Social y Audiovisual.

Artículo 3º

Se convoca la contratación de la gestión indirecta del servicio de radiodifusión sonora, de carácter comercial, en ondas métricas con modulación de frecuencia en las localidades de la Comunidad Autónoma que figura en el anexo de este decreto.

Entidad adjudicadora: Xunta de Galicia.

Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de Medios de...

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