ORDE de 29 de septiembre de 2011 por la que se deja sin efecto la Orden de 31 de diciembre de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los ayuntamientos y otras entidades locales de Galicia para la realización de actividades de promoción y fomento del cooperativismo, y se procede a su convocatoria para el año 2011.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE TRABAJO Y BIENESTAR
Rango de LeyLey

El 21 de enero de 2011 se publicó en el Diario Oficial de Galicia, número 14, la Orden de 31 de diciembre de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los ayuntamientos y otras entidades locales de Galicia para la realización de actividades de promoción y fomento del cooperativismo, y se procede a su convocatoria para el año 2011.

La política presupuestaria, que implica el necesario equilibrio entre ingresos e gastos, exije en estos momentos efectuar un ajuste en los créditos inicialmente asignados a los diferentes centros de gasto que conforman los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Por otro lado, el artículo 57 del Decreto lexislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia establece que no se podrán adquirir compromisos de gasto por cuantía superior al importe de los créditos que figuren en los estados de gastos.

Al amparo de lo señalado en los párrafos anteriores, es necesario dejar sin efecto esta convocatoria de ayudas, con el objetivo de cumplir la normativa en materia de estabilidad presupuestaria y déficit público.

Así pues, de acuerdo con lo expuesto y con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único

Se deja sin efecto la Orden de 31 de diciembre de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los ayuntamientos y otras entidades locales de Galicia para la realización de actividades de promoción y fomento del cooperativismo, y se procede a su convocatoria para el año 2011.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la conselleira de Trabajo y Bienestar, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de septiembre de 2011.

Beatriz Mato OteroConselleira de Trabajo y Bienestar

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