ORDEN de 15 de marzo de 2013 por la que se modifica la Orden de 25 de junio de 2007, por la que se regulan el acceso y la admisión a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria
Rango de LeyOrden

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en su artículo 52, establece los requisitos de acceso a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, y determina que las administraciones educativas regularán dichas pruebas.

El Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, recoge, en su capítulo V sobre acceso y admisión, los requisitos de acceso, las exenciones de la prueba específica, así como el acceso sin requisitos académicos y la validez de las pruebas de acceso. Igualmente, en su artículo 18, dispone que las administraciones educativas puedan establecer un porcentaje de plazas de reserva para quien acceda a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los supuestos recogidos en los artículos 15 y 16 de la misma norma.

Conforme a lo anterior, la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria publicó la Orden de 25 de junio de 2007 por la que se regulan el acceso y la admisión a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, que dispone, en su artículo 6, la distribución de la oferta de plazas que se deberá aplicar para su asignación en las diferentes tandas, en las que no se incluyen las personas con discapacidad ni los deportistas de alto nivel y rendimiento.

No obstante, las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño son enseñanzas postobligatorias con una estructura análoga a las de la formación profesional; en este sentido, la LOE, en su artículo 75.2, dispone que las administraciones educativas establecerán una reserva de plazas en las enseñanzas de formación profesional para el alumnado con discapacidad.

La Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia, en su artículo 36 sobre beneficios de los deportistas de alto nivel, establece, en su punto 1.d), la reserva de una cuota adicional de plazas para el acceso a los estudios universitarios o no universitarios, siempre que reúnan los requisitos académicos necesarios.

Por otra parte, el Real decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y rendimiento, en su artículo 9.4, establece que en los ciclos de grado medio y superior de enseñanzas artísticas, las administraciones educativas establecerá una reserva mínima del cinco por ciento de las plazas ofertadas para los deportistas que acrediten a condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento que cumplan los requisitos académicos correspondientes y superen la prueba específica.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, parece conveniente modificar la Orden de 25 de junio de 2007, por la que se regulan el acceso y la admisión a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño al objeto de incluir una reserva de plazas específica para estos colectivos, así como de agilizar el funcionamiento de las correspondientes comisiones de evaluación.

Así pues, en virtud de lo expuesto y en el uso de las funciones que la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria tiene atribuidas,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifican los artículos 6 y 7 de la Orden de 25 de junio de 2007, por la que se regulan...

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