RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se actualiza la delimitación de las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas, y se dispone la publicación de las zonas de protección existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia en las que serán de aplicación medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Rango de LeyResolución

Las líneas eléctricas de alta tensión son una causa potencial de mortalidad para muchas especies de aves, especialmente para aquellas de tamaño corporal mediano y grande. La creciente demanda de energía eléctrica lleva al incremento del número de líneas eléctricas instaladas en el medio natural, con el consiguiente riesgo de electrocución o de colisión de las aves en dichas infraestructuras. La electrocución y la colisión en las estructuras de conducción eléctrica están entre las principales causas de mortalidad no natural más frecuentes en la avifauna, hasta el punto de suponer actualmente el mayor problema de conservación para diversas especies de grandes rapaces.

Para minimizar los efectos negativos sobre las aves de las líneas eléctricas de alta tensión, se aprobó el Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

En el artículo 4 de ese real decreto se establece que cada comunidad autónoma publicará en el correspondiente diario oficial las zonas de protección para la avifauna existentes en su territorio, incluyendo dentro de esas zonas de protección:

  1. Los territorios designados como zona de especial protección para las aves (ZEPA), de acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad.

  2. Los ámbitos de aplicación de los planes de recuperación y conservación elaborados por las comunidades autónomas para las especies de aves incluidas en el Catálogo español de especies amenazadas o en los catálogos autonómicos.

  3. Las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies de aves incluidas en el Catálogo español de especies amenazadas, o en los catálogos autonómicos, cuando dichas áreas no se encuentren ya comprendidas en las correspondientes a los tipos anteriores.

    De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2 del Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, y tras informe favorable por la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad en su sesión de 30 de mayo de 2011, la Xunta de Galicia publicó en el Diario Oficial de Galicia la delimitación de las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas, y de las zonas de protección existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia en las que serán de aplicación medidas para la protección de la avifauna contra la...

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