RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2018, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de cien (100) becas de excelencia para la juventud del exterior, a fin de cursar estudios de máster que se inicien en el año 2018 en una universidad gallega (PR911A).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorVicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
Rango de LeyResolución

La Secretaría General de la Emigración es el órgano superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia al que le corresponden, entre otras, las competencias en materia de desarrollo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad, así como las políticas de emigración y retorno en Galicia, según lo establecido en el artículo 4 del Decreto 76/2017, de 28 de julio, de estructura orgánica de los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

Asimismo, la disposición adicional segunda de dicho decreto desconcentra en la persona titular de la Secretaría General de la Emigración la competencia para la aprobación de las bases, la convocatoria y la resolución de las ayudas y subvenciones de su respectivo ámbito de competencia.

El Estatuto de autonomía de Galicia, en sus artículos 1.2 y 4.3, establece que la Comunidad Autónoma asume como tarea principal la defensa de la identidad de Galicia y la promoción de la solidaridad entre todos los integrantes del pueblo gallego, configurando como un principio rector de su política social y económica hacer efectivo el derecho de las personas gallegas a vivir y trabajar en su propia tierra.

Con este programa de becas, la Secretaría General de la Emigración oferta a los/las gallegos/as universitarios/as residentes en el extranjero la posibilidad de adquirir una especialización académica de máster en una universidad gallega con la finalidad de que amplíen su formación y adquieran competencias y habilidades que favorezcan su inserción laboral y futuro profesional en Galicia con mayores garantías de éxito.

Los másteres ofertados se integran en las áreas de Arte y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura; se seleccionaron en función de las posibilidades de una mayor empleabilidad y son de interés para el desarrollo del sector productivo industrial, de servicios, así como el de la información y conocimiento de Galicia.

A través de este programa se pretende también que la sociedad gallega se enriquezca con los conocimientos y experiencias profesionales internacionales que aporten estos/as gallegos/as con formación universitaria, que residieron o nacieron en el extranjero, y que ahora retornan a Galicia, al mismo tiempo que se refuerza su vinculación con esta comunidad autónoma.

Estas becas constituyen una ayuda económica para la realización de estos estudios de máster en Galicia con una duración de un curso académico (60-72 créditos) o de un curso y medio (90 créditos). Los importes se fijaron en función de los gastos que deberán afrontar los/las becarios/as para poder conseguir los objetivos de las becas, teniendo en cuenta los gastos de desplazamiento desde su país de residencia, las tasas administrativas y académicas de matrícula, así como el coste del alojamiento y manutención.

Para el desarrollo de este programa es primordial contar con la colaboración de la Secretaría General de Universidades de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, así como de las tres universidades gallegas de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo, mediante su participación en la selección de los/las beneficiarios/as a través de su presencia en la comisión de valoración de los expedientes.

Para la evaluación de la nota media de los expedientes académicos universitarios de las titulaciones obtenidas en el extranjero se aplicará lo establecido en la Resolución de 18 de septiembre de 2017, de la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España, por la que se actualiza la relación de escalas de calificación de los estudios o títulos universitarios extranjeros y las equivalencias al sistema de calificación de las universidades españolas, publicadas mediante las resoluciones de 21 de marzo de 2016 y de 20 de junio de 2016.

Por otra parte, dado que las personas destinatarias de las becas residen en el extranjero y tienen que organizar su traslado a Galicia con antelación suficiente, a fin de que conozcan lo antes posible su concesión, se prevé la tramitación del procedimiento de concesión de las becas por la vía de urgencia, por lo que se reducen a la mitad (5 días) los plazos.

Asimismo, dada su condición de titulados/as universitarios/as y las especiales circunstancias que podrían presentarse en los países en los que residen, se establece la obligatoriedad de relacionarse exclusivamente por medios electrónicos para la tramitación de este procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 31 de la Ley 2/2007, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación.

En virtud de lo expuesto, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 76/2017, de 28 de julio, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la referida Ley 9/2007; en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; en la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normativa de aplicación,

RESUELVO:

Artículo 1 Objeto y régimen de las ayudas
  1. Esta resolución tiene por objeto establecer las bases que regularán el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de cien (100) becas de excelencia para la juventud del exterior, a fin de cursar determinados estudios de máster que se inicien en el año 2018 en una universidad gallega, condicionada a los límites de financiación.

  2. Los másteres universitarios para los que se conceden las becas son sólo los señalados en la lista del anexo I de esta resolución, donde se recoge la universidad gallega y el campus en los que se imparten, así como el número de créditos ECTS de cada uno de ellos.

  3. Para la concesión de estas becas es necesario que se acredite de manera previa estar matriculado/a en un máster de los señalados en dicha lista del anexo I, en un mínimo de 60 créditos ECTS y modalidad presencial.

  4. Este procedimiento se habilitará en la Guía de procedimientos y servicios con el código PR911A.

Artículo 2 Financiación

Esta convocatoria tendrá carácter plurianual y para la concesión de estas subvenciones se destinará un total de 860.625 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 04.30.312C.480.3 –Becas de excelencia para la juventud del exterior– de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2018 y 2019, por importe de 500.000 euros para la anualidad 2018 y 360.625 euros para la anualidad 2019, quedando condicionada la concesión de estas subvenciones a dichos límites presupuestarios.

Este importe podrá ser ampliado en los casos establecidos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, en función de las mayores disponibilidades presupuestarias que se puedan producir en dicha aplicación.

Artículo 3 Personas beneficiarias

Podrán solicitar estas ayudas los/las ciudadanos/as gallegos/as residentes en el exterior con una titulación universitaria de grado, licenciado/a, arquitecto/a, ingeniero/a, diplomado/a, arquitecto/a técnico/a o ingeniero/a técnico/a.

Artículo 4 Requisitos
  1. Requisitos que deberán cumplirse y acreditarse en la fecha de la presentación de solicitudes:

    1. Ser menor de 40 años.

    2. Estar en posesión de la nacionalidad española.

    3. Residir en el extranjero.

    4. Acreditar un mínimo de dos años de residencia en el extranjero inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.

    5. Ser emigrante nacido/a en Galicia, o que haya residido en Galicia de forma continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar, o ser descendiente por consanguinidad de una de estas personas y que hubiese nacido en el extranjero.

    6. Haber finalizado y estar en posesión de alguna titulación universitaria de grado, arquitecto/a, ingeniero/a, licenciado/a, arquitecto/a técnico/a, diplomado/a, ingeniero/a técnico/a u otra declarada equivalente de forma expresa.

  2. Requisitos que deberán cumplirse y acreditarse en la fecha de la presentación de solicitudes o con posterioridad a la misma, pero siempre con carácter previo a la concesión de la beca:

    1. En el caso de las personas nacidas en el extranjero, estar vinculado/a a un ayuntamiento gallego.

    2. Estar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR